Necrológicas

La soberanía austral y la reciente visita de estado del Presidente de Argentina

Por La Prensa Austral Domingo 31 de Enero del 2021

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Por Dr. Jorge G. Guzmán

MagallaniaCorp-Punta Arenas

 

En agosto último -en medio de nuestra cuarentena- el Presidente Sebastián Piñera vino a Punta Arenas para promulgar el nuevo Estatuto Antártico y para precisar que el objetivo de dicha ley era el de adecuar nuestra política exterior austral a las necesidades del presente y a “los desafíos que el futuro pondrá en nuestro camino“. El Mandatario agregó que el estatuto había sido concebido para proteger y fortalecer nuestros derechos soberanos en el austro, ámbito en el cual -indicó- se incluía la plataforma continental magallánico-antártica más allá de las 200 millas.

La opinión pública entendió que la citada ley y las declaraciones del Presidente de la República importaban volver a la tradición legal, política y geoestratégica resumida en el Decreto Antártico de 1940, que, entre otros, sin dilaciones fue practicada por tres gobiernos de muy distinto signo político durante los procesos del Laudo Arbitral y la Mediación Papal (1967-1984).

Desde esa óptica las declaraciones del Presidente Piñera se entendieron también como una señal clara y precisa de que, en materia de soberanía austral, Chile dejaba atrás décadas de relativismo universalista incompatible con, precisamente, “los desafíos“ que en la actualidad representan las tendencias territorialistas centradas en el acceso a los recursos pesqueros y mineros que, nos guste o no, en la actualidad caracterizan a la geopolítica de los océanos del hemisferio sur y, en particular, a la región polar austral.

Es sabido que el cambio que anoto no había sido fácil. Que éste había demandado un esfuerzo especial del ex canciller Teodoro Ribera y su equipo, quienes, en mayo de 2020, con una Nota diplomática habían informado al gobierno de Alberto Fernández que Chile tenía observaciones de fondo sobre el reclamo territorial argentino que abarca amplios espacios submarinos de Magallanes y Antártica Chilena.

La ocasión también había servido para informar al gobierno argentino que, conforme con las facultades que nos reconoce el Derecho Internacional del Mar, nuestro país se reservaba el derecho de presentar ante el organismo técnico-científico pertinente los datos y la cartografía que deben precisar los límites exteriores de nuestra soberanía submarina entre la costa de la Antártica Chilena y aquella de las islas Diego Ramírez y Cabo de Hornos. En fecha inmediatamente posterior el ministro Andrés Allamand informó que durante 2021 nuestro país materializaría dicha presentación.

Por lo mismo, la opinión pública nacional y regional se ha visto sorprendida por las declaraciones del propio Presidente Piñera y lo establecido en la declaración conjunta suscrita esta semana con su par argentino, en la cual se incluyó “el respaldo del gobierno de Chile a los legítimos derechos de soberanía de la República Argentina sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y -sorprendentemente- los espacios marítimos circundantes”.

¿A qué “espacios marítimos circundantes“ refiere esta declaración suscrita por el gobierno chileno? ¿Incluye esa expresión espacios marítimos submarinos del Mar Austral Circumpolar al Sureste de las islas Diego Ramírez y al Norte del Territorio Chileno Antártico que, conforme con el Derecho y la geografía, pertenecen a nuestro país y a nuestra Región?

En el mismo sentido, y toda vez que el reclamo de soberanía argentino de 2009 sobre el arco conformado por las Falklands/Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur continúa en las Orcadas del Sur y, luego, en la península Antártica y en las islas las Shetland del Sur (con su proyección hacia el cabo de Hornos) ¿Es posible que el gobierno, la prensa y la opinión pública argentina interpreten que, por extensión, con esta declaración Chile y el Presidente Piñera han reconocido la validez de las coordenadas geográficas de la plataforma continental pretendida por Buenos Aires sobre espacios de soberanía chilena “más allá“ del área delimitada por el Tratado de Paz y Amistad de 1984 (Punto F)? Se trata, por supuesto, de problemas muy complejos, de la mayor importancia y urgencia, que ameritan una rápida aclaración por parte de nuestra Cancillería y, también, del propio Presidente Piñera. ¿Por qué? Porque se trata de un asunto de relevancia material para la actual y las futuras generaciones de magallánicos y chilenos. Por lo mismo, estamos en presencia de una cuestión que, con altura de miras, debe ser entendida y discutida por la comunidad regional, la “primera propietaria“ de esos -literalmente- millones de kilómetros cuadrados de territorio y recursos naturales vivos y no vivos.

El guante está lanzado. Ahora corresponde que las autoridades elegidas, los líderes de opinión, los expertos, los candidatos y el pueblo en general se hagan cargo del tema que, la coyuntura exige, debería ocupar un lugar destacado en el debate que debe concluir en las elecciones del 11 de abril próximo.

Foto Prensa Presidencia