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Superintendencia multa en $41 millones a Gasco tras explosión y posterior incendio de vivienda

Viernes 16 de Abril del 2021

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La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (Sec) sancionó a la empresa Gasco a pagar una multa de 800 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a 41 millones de pesos, frente a la explosión y posterior incendio que destruyó una vivienda en calle Pedro Bórquez, en la población Carlos Ibáñez del Campo, a comienzos de año 2020, con motivo de las obras de construcción que ejecutaba la empresa Vilicic en el mencionado sector.

Gasco interpuso una reclamación ante la Corte de Apelaciones para anular la multa bajo el argumento que el organismo sancionador hizo una equívoca interpretación de los hechos.

La primera consideración que hace la compañía sancionada, es el rol que cumple de empresa proveedora de gas natural, siendo líder en su compromiso con la seguridad de toda la población, y que en consonancia con ello desde hace algunos años puso en marcha el procedimiento denominado “LLAE”, sigla que se ocupa para abreviar la frase “Llame Antes de Excavar”. El 6 de febrero de 2020, Gasco recibe una solicitud “LLAE” de parte de la Constructora Vilicic S.A., la cual tenía intenciones de ejecutar trabajos de excavación en calle Pedro Bórquez, en la ciudad de Punta Arenas.

Continuando con su argumentación, señala que efectivamente dicho procedimiento fue ejecutado, en el cual se le indicó de forma expresa a la constructora la orden de “NO EXCAVAR” sin antes realizar calicatas en el sector, advirtiendo la posibilidad que hubiere matrices de gas antiguas que pudieron verse afectadas por los trabajos que la constructora pretendía realizar. “La constructora decidió obviar las advertencias, lo cual tuvo como consecuencia que en una de sus excavaciones pasaran a llevar una matriz de gas, con la consecuente fuga de gas, produciéndose un incendio en el inmueble de calle Pedro Bórquez N°0766, comuna de Punta Arenas, el 20 de febrero de 2020”. Luego agrega que el fuego fue debidamente controlado por personal especializado de Gasco, evitando consecuencias fatales.

Gasco acusa que la conducta de la Constructora Vilicic en materia de emergencias por accidentes en rotura de redes no fue aislada, señalando que el número de incidentes alcanza el 45%, superior al promedio global durante los dos últimos años.

Descarta que se justifique aplicar una sanción

En su defensa, la reclamante insiste en que no ha incurrido en comportamiento ilegal alguno que justifique la aplicación de una sanción por parte de la Superintendencia del ramo, la que, en este caso, estableció las siguientes infracciones: a).- “Que los planos que disponía Gasco Magallanes sobre la existencia de redes en el sector ubicado frente a la vivienda de calle Pedro Bórquez N°0766, de Punta Arenas, no especificaban el cruce de calle de la tubería de acometida de ¾, contraviniendo con ello lo establecido en el artículo 6°, del Decreto de Economía N°280, de 2009, que aprueba el Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas de Red”. b).- “Que los planos entregados a la Constructora Vilicic S.A., sobre la existencia de redes en el sector ubicado frente a la vivienda de calle Pedro Bórquez N°0766, no cumplían con lo dispuesto en el inciso segundo, del artículo 8°, del Decreto de Economía N°280, de 2009, que aprueba el Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas de Red”.

Concretamente, Gasco demanda dejar sin efecto la Resolución Exenta N°34.324, del 25 de marzo de 2021, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que la sancionó con una multa de 800 UTM. En subsidio de lo anterior, solicita se rebaje sustancialmente la multa impuesta, la cual es motivo de reclamación.

Respecto de los mismos hechos, en un tribunal civil se sustancia una demanda civil interpuesta por la familia propietaria de la vivienda afectada por la explosión y posterior incendio, dirigida en contra de las empresas Gasco y Vilicic, a través de la cual se exige una indemnización por daños y perjuicios calculados en poco más de 250 millones de pesos.