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Corte dejó sin efecto decreto municipal que le puso “candado” al emblemático cabaret María Teresa

Viernes 30 de Abril del 2021

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Duro revés judicial sufrieron los concejales que rechazaron la renovación de la patente de alcoholes: Germán Flores, Verónica Aguilar, Arturo Díaz, Mauricio Bahamondes y Alicia Stipicic.

La decisión de rechazar la renovación de la patente de alcoholes al cabaret María Teresa, “no se encuentra suficientemente fundada, y se adoptó en contravención a la normativa legal y reglamentación municipal”.

Así resolvió la Corte de Apelaciones de Punta Arenas el “reclamo de ilegalidad” que presentó el abogado Carlos Contreras Quintana en representación de María Soledad Acuña Acuña, empresaria, con domicilio en Quillota Nº540.

La presentación legal fue formulada el 29 de mayo de 2020 contra del decreto alcaldicio de fecha 16 de enero de ese año, fundado en el acuerdo Nº2.310 del Concejo Municipal de Punta Arenas, por el cual no se renovó la patente de alcoholes de la citada comerciante, considerado ilegal porque vulnera normas jurídicas.

Por ende el abogado solicitó que se proceda a renovar la referida patente de alcoholes por parte de la Municipalidad de Punta Arenas.

El acuerdo del Concejo Municipal no respetó “las normas competenciales aplicables a la materia, infringiendo también el procedimiento que la ley ha establecido para este efecto, violando con ello los principios que informan todo procedimiento administrativo”.

Al no considerar los antecedentes expuestos para la renovación de la patente para el primer periodo del año 2020, y los que se tuvieron en vista al momento de renovarse el segundo periodo del año 2019 se incurre en ilegalidad.

“Asumir que cursar una multa es una falta, implica transgredir el principio de inocencia, pues no existe conducta indebida si ella no es acreditada o resuelta por el respectivo órgano que ejerce jurisdicción que, en este caso es el Juzgado de Policía Local”.

Votación

En la sesión de 15 de enero de 2020 del Concejo Municipal, a favor de la renovación de la patente votó el alcalde, abogado Claudio Radonich Jiménez.

En contra lo hicieron los concejales Germán Flores Mora, Verónica Aguilar Martínez, Arturo Díaz Valderrama, Mauricio Bahamondes Brandon, Alicia Stipicic Mackenney. Y se abstuvieron Daniela Panicucci Herrera y Alejandro Soler Gutiérrez, lo que produjo el rechazo de la renovación de la patente de expendio de bebidas alcohólicas de María Soledad Acuña.

Los argumentos del voto de rechazo de los concejales fue por la existencia denuncias de Carabineros por infracción a la Ley de Alcoholes, esto es el segundo semestre del año 2019.

De acuerdo a los antecedentes reunidos en la causa, en la especie no se dio estricto cumplimiento a la ley, toda vez que la decisión de no renovar la patente de alcoholes solicitada se adoptó sin haber practicado una consulta previa a la junta de vecinos respectiva.

En el fallo de la Corte se sostiene que en este caso no existió pronunciamiento ni menos una objeción por parte de la junta de vecinos respectiva; y el informe de Carabineros sólo se limita a constatar el número de citaciones cursadas al Juzgado de Policía Local durante el año 2019, “y en caso alguno se pronuncia acerca de la incidencia que tiene el desarrollo de la actividad de expendio y consumo de bebidas alcohólicas por parte del local comercial, en relación al orden y seguridad pública en el sector”.

Sobre la existencia de infracciones previas a la Ley de Alcoholes, debió certificarse si existía o no sentencia condenatoria ejecutoriada en el Juzgado de Policía Local respectivo, “cuestión que no se hizo y por ende, no puede servir de fundamento para rechazar la renovación solicitada, desde que no existe certeza en orden a si efectivamente las citaciones cursadas, derivaron en la imposición de una sanción por haberse establecido alguna infracción. En efecto, la existencia de alguna denuncia infraccional como las señaladas por Carabineros en relación al local comercial vinculado a la patente, no importa necesariamente la comisión de una infracción, pues dicha determinación le corresponde a un órgano jurisdiccional, en este caso, el Juzgado de Policía Local”.

“La decisión de rechazar la renovación de la patente de alcoholes solicitada no se encuentra suficientemente fundada, y se adoptó en contravención a la normativa legal y reglamentación municipal dispuesta al efecto”, resolvieron los ministros.

Por ende acogieron el recurso de ilegalidad y ordenaron dejar sin efecto el decreto alcaldicio N°11 de 16 de enero de 2020 de la Municipalidad de Punta Arenas, y “renovar a la reclamante la patente de alcoholes solicitada”.

El fallo lleva la firma de los ministros Marcos Kusanovic, María Isabel San Martín y Paola Oltra Schüler.