Suprema ordenó indemnización de $ 30 millones a familiares de fallecida por falta de servicios en Hospital Clínico
La Corte Suprema confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que, en su momento condenó al fisco a pagar una indemnización total de 30 millones de pesos al cónyuge e hija de una mujer que falleció en el Hospital Clínico de Magallanes, debido al mal tratamiento de escaras (tejidos necrosados), derivados de un grave cuadro diabético.
La sentencia del máximo tribunal del país se conoció ayer. En lo principal establece la falta de servicio del centro asistencial al no prevenir la sobreinfección que contribuyó al deceso de la paciente.
Para los ministros y ministras, Sergio Muñoz, Angela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y el abogado integrante Diego Munita, “a la luz de los hechos establecidos, ha resultado acreditada la falta de servicio en que incurrió la demandada, puesto que, ante una paciente con alto riesgo de padecer escaras, atendida su gravedad y tratamiento, no adoptó medidas que fueran eficientes en impedir que éstas se sobreinfectaran. En otras palabras, si bien la aparición de las escaras era previsible e incluso esperable, en razón de las condiciones de la paciente y los fármacos que recibía, ante la materialización de dicho riesgo, era exigible a la demandada la adopción de medidas que impidieran la sepsis, lo cual no hizo. Por el contrario, la contaminación de la herida fue de una magnitud tal que constituyó una de las causas de la muerte”.
El fallo sostiene que “a esto se adiciona el hecho que, al ingreso, no se registra en la ficha clínica antecedente alguno de una desnutrición, la cual se constata con mucha posterioridad, de lo cual queda en evidencia que ella se gestó mientras la paciente se hallaba al cuidado del establecimiento hospitalario”.
En este escenario, “la falta de servicio incurrida por la demandada se encuentra en una directa relación de causalidad con el fallecimiento y, por consiguiente, con el daño sufrido por los actores”.
Esto llevó a la Corte Suprema a revocar la sentencia del 14 de noviembre de 2020, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas y, en su lugar, acoger la demanda, sólo en cuanto acoger la demanda y condenar al Fisco a pagar la cantidad de $15 millones de pesos a cada uno de los demandantes, por concepto de daño moral.
Fallecimiento
Esposo e hija presentaron la demanda, en razón de la atención recibida por la víctima a partir del 3 de junio de 2015, cuando fue trasladada al Servicio de Urgencias del Hospital Clínico de Magallanes, a las 16 horas. Ahí le diagnosticaron diabetes descompensada y quedó hospitalizada. A las 20 horas el médico de turno informó a la familia que se encontraba en riesgo vital, quedando en la UTI y siendo trasladada al día siguiente a la UCI.
Los demandantes expresaron que, mientras la paciente estuvo internada, no le cambiaban regularmente los pañales y, además, fue diagnosticada con desnutrición, que no padecía a su ingreso.
El 28 de junio de 2015 se observa en la paciente una escara
sobreinfectada, tras lo cual les explicaron que era normal. Sin embargo, en los días posteriores esta escara se contaminó y requirió aseos quirúrgicos.
Finalmente falleció el día 13 de julio del mismo año, por un shock séptico.