Imputados por “malversación culposa” en la Cormupa pagarán $8 millones a título de indemnización de perjuicios
El fiscal estableció que las personas requeridas aplicaron de manera arbitraria, sin razón alguna que lo justificara, dichos fondos a fines distintos de los indicados por la ley, ya que la elaboración de nuevos estatutos, excede el marco de utilización de los fondos Sep
El Juzgado de Garantía de Punta Arenas decretó ayer la suspensión, por un año, del procedimiento judicial seguido en contra de Hugo Humberto Bizama Pommiez, Gonzalo Germán Pumarino Vargas, Hermes Humberto Hein Bozic y Katherine Tamara Urtubia Carrasco, ex funcionarios de la Corporación Municipal de Punta Arenas (Cormupa), por los delitos de “malversación culposa” y “aplicación pública diferente”, ambos delitos en grado de desarrollo consumado, según la acusación del fiscal de la causa Sebastián González Morales.
Esta causa data del año 2017, y durante la tramitación se hicieron parte en calidad de querellantes, por la Cormupa Ramón Ibáñez; y por el Consejo de Defensa del Estado la abogada Paula González.
La Cormupa, sostenedora de los colegios y escuelas municipales de la comuna, está facultada para contratar asesorías relacionadas con aspectos propios de la educación, tales como contratos de Asistencia Técnica para planes de mejoramiento Sep de las unidades educativas dependientes de la Corporación, siempre que estuvieran adscritas al Programa de Mejoramiento de la implementación de la ley de Subvención Escolar Preferencial de Escuelas de la Corporación.
Una de estas asesorías fue contratada por el entonces secretario general de la Cormupa, Hugo Bizama, con fondos de la Subvención Escolar Preferencial del Ministerio de Educación, para “la implementación del rediseño organizacional y modificación de los estatutos de la Cormupa, año 2013”.
Estuvo asesorado por el también requerido Gonzalo Pumarino, quien detentaba la calidad de jefe de la División de Planificación de la Corporación teniendo además asignada la facultad de planificar contratos y gastos, relacionándose directamente con esta materia. También lo asesoraba el abogado Hermes Hein, en calidad de asesor jurídico de la Corporación.
Este convenio se suscribió por un valor total de $33.000.000, el cual debería estar listo a más tardar al 30 de diciembre del año 2013.
Katherine Urtubia, que en esa época era jefa de Finanzas, pagó a una entidad de asistencia técnica educativa (Ate) una factura por $13.900.000, correspondiente a la primera cuota del contrato de Servicio Implementación del Rediseño Organizacional. La profesional aprobó y validó este pago, ratificando con esto el actuar de Pumarino, “conociendo que dichos pagos eran relativos a asuntos que no tenían relación alguna con la educación y finalidad de la subvención otorgada por la Ley Sep”.
Posteriormente, en diciembre de 2013, cuando Hein era el secretario general de la Corporación y, en conocimiento de la situación de este contrato, por cuanto antes fue asesor jurídico, procedió a disponer arbitrariamente de tales fondos, por cuanto aceptó la recepción de una segunda factura emitida por la misma Ate, de fecha 10 de diciembre de 2013 conociendo que dichos pagos eran relativos a asuntos que no tenían relación alguna con la educación y finalidad de la subvención otorgada por la Ley Sep”.
Luego Hein procedió a validar y girar en forma conjunta con la jefa de Finanzas otro cheque, por la suma de $9.900.000. El documento fue cobrado por la Ate, quien justificó tales pagos con algunos avances realizados en el proyecto en cuestión.
Actuar negligente
Producto del actuar conjunto y negligente de todos los imputados, quienes no verificaron nunca el cumplimiento íntegro de la obligación contraída por la mencionada Ate, y tampoco aseguraron su cumplimiento por ninguno de los mecanismos posibles, pagaré o boleta de garantía. Fue así que la Ate permitió el cobro de 23 millones 100 mil pesos en fondos públicos, “sustrayéndolos y usándolos para su propio beneficio, no presentando la entidad de asistencia técnica el informe final respecto de la propuesta de nuevos estatutos, siendo estos finalmente elaborados por el mismo requerido Hermes Hein.
“Lo anterior con daño y entorpecimiento del servicio público, ya que en definitiva dichos fondos fueron usados indebidamente y no conllevaron un producto que pudiere utilizar la Corporación en el ámbito extra educacional”, indicó el fiscal.
Los dos pagos referidos fueron con cargo a los fondos Sep, entregados por el Ministerio de Educación a la Cormupa para ser utilizados en la finalidad pública expresada en la ley.
El fiscal estableció que las personas requeridas aplicaron de manera arbitraria, sin razón alguna que lo justificara, dichos fondos a fines distintos de los indicados por la ley, ya que la elaboración de nuevos estatutos, excede el marco de utilización de los fondos Sep, pues éstos tienen una finalidad pública específica diversa, conforme”.
En el requerimiento le atribuyó a todos los participantes calidad de autores.
Finalmente las cuatro personas aceptaron ayer la suspensión del procedimiento, previo a pagar la suma de 8 millones de pesos a título indemnizatorio.
El abogado querellante Ramón Ibáñez expresó su conformidad con el término del proceso y dijo que estos dineros serán ocupados para requerimientos en la escuela Paul Harris y el Ceia (Centro de Educación Integral Adultos)