Corte revoca penas en libertad a dos sentenciados por microtráfico; deberán ingresar a la cárcel
En el fallo queda establecido que la ley es especialmente exigente en relación a la posibilidad de sustituir las penas privativas de libertad, en casos de drogas
La Corte de Apelaciones no compartió el criterio de los jueces del Tribunal Oral de Punta Arenas, y ordenó cárcel efectiva para un hombre y una mujer sentenciados a tres años por tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas.
El 21 de abril pasado, los jueces Guillermo Cádiz, Julio Alvarez Toro y Luis Alvarez Valdés, dictaron sentencia en contra de Claudio Andrés Vera Muñoz y Ana Karina Barraza Forte.
Acorde a la situación procesal de cada uno, optaron por dejarlos que cumplieran la pena fuera del recinto carcelario. Vera en “libertad vigilada simple” por tres años y Barraza con “reclusión parcial domiciliaria de fin de semana”, también por tres años.
Esto no dejó conforme a la Fiscalía, que pedía penas de cárcel efectiva, y apeló ante la Corte local.
Tráfico
Los acusados fueron llevados a juicio a partir de una investigación que nace de una denuncia anónima que recibió la Sip de Carabineros de Puerto Natales.
Es así que el 12 de enero de 2021 concurren a un domicilio de calle 21 de Mayo de dicha ciudad, específicamente una cabaña interior, donde estaba Claudio Vera, y quien tenía al interior de un envase 52 envoltorios de marihuana, una pesa digital, una bolsa nylon con clorhidrato de cocaína, y varios otros envoltorios con droga.
A la mujer le encontraron en su casa, de calle Balmaceda de Puerto Natales, un cultivo de 10 plantas de Cannabis sativa. En una mesa tenía 9 envoltorios con clorhidrato de cocaína.
Revoca
El ministro Marcos Kusanovic; el ministro (s) Claudio Jara y el fiscal judicial Pablo Miño, revocaron a la pareja el beneficio de cumplir sus penas en libertad.
En el fallo dejan en claro que la ley es especialmente exigente en relación a la posibilidad de sustituir las penas privativas de libertad, en casos de drogas.
“El examen de los requisitos objetivos y particularmente subjetivos previstos en dicha ley, ha de ser riguroso y fundado en antecedentes que permitan sostener que el cumplimiento de una sanción sustitutiva, disuadirá de cometer nuevos delitos y resultará idónea para la efectiva resocialización social”.
Sin embargo, de los antecedentes expuestos “ambos condenados registran diversas anotaciones en sus extractos de filiación, por diversos ilícitos”.
Ana Barraza Forte, desde el año 2012 tiene condenas por delitos de lesiones y hurto. Y Claudio Vera como autor de delitos de manejo en estado de ebriedad; receptación; y hurto.
Además, ambos fueron condenados en calidad de cómplices del delito de tráfico de drogas, por sentencias dictadas en procedimiento abreviado por el Juzgado de Garantía de Puerto Natales en marzo y abril de 2021, aplicándoseles penas de tres años y un día de presidio.
De acuerdo a informes, ambos condenados se involucraron en nuevos ilícitos para procurarse dinero de manera fácil y alcanzar un mejor nivel de vida, según los dichos de ambos al inicio del juicio oral.
Por estos y otros argumentos resolvieron revocar el beneficio que se les otorgó y deberán ingresar a cumplir a la cárcel la pena de 3 años.