Corte Suprema condenó a ex militares por homicidio de 38 campesinos de Paine
- La Segunda Sala del máximo tribunal de justicia del país recalificó los delitos elevándolos
de secuestro calificado a homicidio calificado, lo que permitió aumentar las penas.
La Corte Suprema desestimó la aplicación de la medida de prescripción y elevó las penas para los miembros del Ejército y de Carabineros en retiro por su responsabilidad en los homicidios calificados de 38 personas -36 trabajadores agrícolas y dos empresarios- en distintos asentamientos de la comuna de Paine. Los ilícitos ocurrieron entre el 24 de septiembre y el 16 de octubre de 1973.
En la sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier, el abogado (i) Diego Munita y la abogada (i) Leonor Etcheberry- condenó a los miembros del Ejército en retiro Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez a la pena de 20 años de presidio.
La sentencia se debe a la responsabilidad de ambos en los 38 casos de homicidio calificado, ocurridos los 14 primeros entre 24 de septiembre y el 3 de octubre de 1973 en el sector de “El Escorial”, y los 24 últimos entre el 8 de octubre y el 16 de octubre de 1973 en los asentamientos de “Campo Lindo” y “24 de abril”.
En tanto los miembros del Ejército en retiro José Vásquez Silva, Carlos Lazo Santibáñez, Juan Opazo Vera, Roberto Pinto Labordarie, Jorge Saavedra Meza, Víctor Sandoval Muñoz y Carlos Durán Rodríguez fueron condenados a 10 años de presidio por su responsabilidad en los 38 delitos antes señalados.
Raúl Francisco Areyte Valdenegro deberá purgar una pena de 7 años y 6 meses de presidio por su responsabilidad en los 14 homicidios del sector “El Escorial”.
Por último, el oficial de Carabineros en retiro Nelson Iván Bravo Espinoza queda condenado a la pena de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en los secuestros calificados de Ramón Capetillo Mora y Mario Muñoz Peñaloza, cometido los días 8 y 10 de octubre de 1973.
El máximo tribunal acogió los recursos de casación presentado por los querellantes en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que había aplicado la figura de la media prescripción al considerar que la figura no se debe acoger en los casos de crímenes de lesa humanidad.
En el aspecto civil, el tribunal condenó al fisco a pagar indemnización a los familiares de las víctimas.
La Segunda Sala del máximo tribunal chileno recalificó, además, los delitos en relación con el fallo de segunda instancia, elevándolos de secuestro calificado a homicidio calificado.
La ministra de Justicia, Marcela Ríos, señaló que “se trata de un fallo que aporta en verdad y justicia, pero también en reconocimiento de todos los años de trabajo y lucha que han llevado las organizaciones”.
Un camino largo y doloroso”
“Estamos muy emocionados por esta noticia, ha sido un camino largo y doloroso. Hemos esperado y luchado muchos años para que los asesinos de nuestra familia cumplieran una condena”, puntualizó Flor Lazo, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de Paine.
Los jueces reconocieron, no obstante, la colaboración en las investigaciones, que ayudó a identificar a las víctimas, y les aplicó por ello un atenuante especial.
Sus osamentas fueron encontradas tiempo después por sus propios familiares, trasladadas de manera desordenada por unidades de Carabineros y depositadas en el Servicio Médico Legal (SML), lugar donde permanecieron durante 20 años arrumadas en una bodega sin ser examinadas para su identificación hasta la pasada década de los 90.
El Mostrador/Cooperativa