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Aún no se titula y ya ganó su primer caso: Corte le dio la razón a egresada de Derecho que presentó recurso en contra de la Umag

Jueves 23 de Junio del 2022

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“La Universidad de Magallanes deberá permitir a la recurrente completar su proceso de titulación, siempre que reúna los requisitos correspondientes”

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas fue categórica al acoger el recurso de protección de una ex alumna de Derecho de la Universidad de Magallanes, en cuanto a establecer que la casa de estudios le debe permitir completar su proceso de titulación, “no pudiendo condicionar la titulación al pago o garantía de obligación alguna, en particular, por concepto de deuda por arancel”.

Laura Villarroel Alvarado recurrió de protección en contra de la Universidad de Magallanes, encabezada por su rector Juan Oyarzo, en su calidad de alumna egresada de la carrera de Derecho, por la negativa de la casa de estudios superiores de otorgarle el grado académico de Licenciatura en Ciencias Jurídicas, debido a una deuda con el Fondo Solidario de Crédito Universitario.

Esto lo consideró un “acto arbitrario e ilegal” y ella misma patrocinó su recurso.

Cuando pretendió iniciar los trámites para titularse la secretaria de la carrera le solicitó una serie de certificados. Entre ellos, el documento que debe emitir el administrador del Fondo Solidario de Crédito Universitario, quien le informó que mantiene una deuda en mora. También le dieron a conocer que la repactación es la única forma de emitir el certificado para la tramitación del grado.

Argumentó la recurrente que se encuentra desempleada, no tiene posibilidades de contar con esta suma de dinero, y menos si no se titula.

La respuesta de la Umag al tribunal fue que de acuerdo a la normativa vigente, relativa a la entrega de títulos profesionales y grados académicos, el pago de aranceles y matrícula de sus alumnos es necesario como parte de la tramitación de su título profesional o grado académico.

Y que no exigen de manera perentoria el pago del total de la deuda para la tramitación del título profesional o grado académico, “sino que se llegue a un acuerdo de pago de aquella”.

Educación garantizada

La educación está garantizada en la Constitución. Conforme a esto, la Corte de Apelaciones, y como lo ha señalado la Corte Suprema, “la recurrente tiene el derecho a completar su proceso de titulación -pese a la existencia de una deuda por concepto de arancel- por cuanto el derecho a la educación considera la etapa de titulación universitaria”.

De ahí que los ministros concluyan que “la decisión de la entidad recurrida deviene en ilegal”, por afectar la garantía constitucional de igualdad ante la ley, “toda vez que se ha dado a la recurrente un trato diferente frente a otros estudiantes que se encuentran en la misma condición de egresados, impidiéndole ilegítimamente completar su proceso de titulación por motivos extra académicos; debiendo esta Corte adoptar las medidas pertinentes para brindar la protección reclamada para restablecer el imperio del derecho”.

El ministro Marcos Kusanovic, el fiscal Pablo Miño y la abogada integrante Carmen González, concluyen que en el recurso de protección interpuesto por Laura Villarroel, “la Universidad de Magallanes deberá permitir a la recurrente completar su proceso de titulación, siempre que reúna los requisitos correspondientes, no pudiendo condicionar la titulación al pago o garantía de obligación alguna, en particular, por concepto de deuda por arancel”.