Comisión rechazó indicación que prohibía la salmonicultura en áreas silvestres protegidas
Con esto la industria salmonera termina con una de sus preocupaciones, tomando en cuenta
que más de 400 concesiones corresponden a estas zonas, principalmente en Magallanes y Aysén.
En las zonas marítimas que formen parte de Reservas Nacionales y Forestales podrá realizarse pesca artesanal y de subsistencia. Así al menos debería quedar establecido en el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Areas Protegidas y el Sistema Nacional de Areas Protegidas.
Lo anterior fue tema de lata discusión en la comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados, que terminó por rechazar las indicaciones que excluían a la salmonicultura de las áreas protegidas.
La idea matriz de la iniciativa es la conservación de la diversidad biológica del país, “a través de la preservación, restauración y uso sustentable de las especies y ecosistemas, con énfasis en aquellos de alto valor ambiental o que, por su condición de amenaza o degradación, requieren de medidas para su conservación”.
De acuerdo con el informe que ahora pasa a la comisión de Hacienda, en las zonas marítimas que formen parte de Reservas Nacionales y Forestales podrán realizarse faenas de pesca artesanal y de subsistencia. Esto, luego que se desestimara la indicación de la diputada por Magallanes, Javiera Morales, que buscaba que las zonas lacustres, fluviales y marítimas que formen parte del Sistema Nacional de Areas Protegidas quedaran excluidas de toda actividad pesquera extractiva y de acuicultura.
En su argumentación, la parlamentaria por Magallanes sostuvo que con esto se “pretende resolver una inconsistencia del sistema jurídico en cuanto por un lado se avanza en la creación de áreas protegidas y por otro se permite la explotación de concesiones acuícolas, con alta presencia y mal comportamiento medioambiental, además de subsidio estatal mediante la Ley Navarino”.
La propia ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, aseguró que el Ejecutivo no está por la aprobación de dicha indicación de prohibición. Ya en entrevistas previas, la autoridad de gobierno había manifestado su confianza en que el modelo del Servicio de Biodiversidad permitirá cuidar de manera efectiva las áreas protegidas del país, disponiendo también de instrumentos para resguardar la biodiversidad fuera de estos sectores “para regular” la industria de los salmones.
Por su parte, el legislador de la Región de Aysén, Miguel Angel Calisto (PDC), dijo que tanto en su región como en Magallanes gran parte del territorio es área silvestre protegida. Por tanto, una indicación para prohibir la pesca artesanal, salmonicultura, miticultura y/o acuicultura a pequeña escala, terminaría por afectar a un importante número de trabajadores de una actividad que debe ser normada y no así prohibida.
Sometida a votación, la indicación fue rechazada por mayoría de votos: 7 en contra, 3 a favor y 2 abstenciones.
Se señaló que si bien el
desestimar la indicación termina con las preocupaciones de la industria salmonicultora, la actividad en las zonas marítimas que formen parte del sistema dependerá del pronunciamiento de los organismos competentes.
La postura de la Comunidad Indígena
Kawésqar Residente en Puerto Edén
Dentro el informe visto por la comisión de diputados, se incluye una serie de observaciones efectuadas por representantes de diversos sectores ligados a la actividad.
Una de ellas corresponde al presidente de la Comunidad Indígena Kawésqar Residente en Puerto Edén, Juan Carlos Tonko, quien señala que su comunidad vive en la actualidad en dos Areas Silvestres Protegidas: el Parque Nacional Bernardo O’Higgins y la Reserva Nacional Katalalixar. Agrega que si bien estas áreas silvestres protegidas representan para la sociedad elementos fundamentales para proteger el entorno medioambiental ecosistémico, han significado uno de los factores fundamentales de pérdida de la cultura de su pueblo, pues el concepto de conservación ha contribuido a que la comunidad indígena ancestral canoera, cazadora y recolectora no pueda ejercer sus actividades.
En cuanto al proyecto de ley, y respecto de que para la gestión de las áreas protegidas del Estado el Servicio pueda celebrar convenios de gestión con autoridades u organizaciones locales, asociaciones o comunidades indígenas, a que se refiere la ley Nº 19.253, u otras organizaciones, plantea la conveniencia de privilegiar a las comunidades indígenas a que se refiere la mencionada la ley, que residan dentro del perímetro de la respectiva área silvestre protegida atendiendo su relación cultural con dicha área, y sólo en ausencia de éstas se recurra a autoridades, organizaciones locales u otras asociaciones con domicilio en la comuna donde se emplaza la respectiva área silvestre protegida.
Lo anterior pretende que para la celebración de convenios de gestión se privilegie a las comunidades que viven en ella y se excluya además a organizaciones extranjeras o nacionales que no se sujeten a control de intereses y respecto de las cuales desconocen su agenda.
La comunidad que representa -considerada Tesoro Humano Vivo desde 2009- la componen 25 residentes y 8 familias, en un territorio ancestral que abarca desde el golfo de Penas hasta la isla Diego de Almagro.