Conaf advierte que antecedentes aportados no permiten evaluar impacto a la vegetación
- Observación apunta a que la declaración ambiental “carece de información relevante que permita establecer
las condiciones del bosque a eliminar y cómo se va a recrear la naturalidad que existe, después de la corta”.
Poco más de un mes ha transcurrido desde que la Corte Suprema mantuvo a firme el fallo del tribunal de alzada de Punta Arenas, que rechazó un recurso de protección y resolvió dejar en manos de la vía administrativa el avance del proyecto habitacional “Brisas del Estrecho”.
Tal situación llevó al ingreso al Sea de la Declaración de Impacto Ambiental por parte de la constructora a cargo del proyecto, iniciándose un proceso que por estos días consigna el ingreso de observaciones por parte de diversos servicios.
Uno de éstos corresponde a la Corporación Nacional Forestal que, justamente, aborda uno de los temas más sensibles, discutidos y elevados en su momento a la justicia: el impacto que la construcción de 297 viviendas pudiera tener sobre el terreno.
Al respecto, la Conaf indica que dentro de la Declaración se reconoce la existencia de dos zonas: herbácea y arbórea, identificando en esta última la existencia de ñirres y lengas. Por tal razón se solicita al titular del proyecto “describir la metodología utilizada para la identificación de ambas especies, siendo que en la época en que se desarrolló el muestreo de vegetación (agosto de 2022), los árboles no tenían hojas. Además no se entregan los resultados obtenidos en cada parcela de muestreo, como tampoco existe un análisis estadístico de los resultados”.
Se agrega que la información que entrega la Dia es escasa, “por lo tanto no permite evaluar objetivamente los impactos que pudiesen presentarse, al cortar la vegetación existente. Por lo tanto se solicita al titular del proyecto entregar información relativa a los predios de corta: coordenadas/huso/Datum (WGS 84), uso actual del suelo, suelos (predio, área, clase de capacidad de uso, pendiente media, superficie); recursos hídricos (predio, área, masas o cursos de agua, temporalidad, distancia al área a intervenir, ancho del cauce); vegetación (predio, área, tipo forestal, superficie, especies dominantes, densidad, estructura actual, estado de desarrollo, estado sanitario) y fauna con problemas de conservación (especie, categoría de conservación).
En cuanto a los permisos ambientales sectoriales, la entidad señala que “dado que el proyecto Habitacional Brisas del Estrecho ingresó al Sistema de Evaluación Impacto Ambiental (Seia), corresponde al titular del proyecto, en virtud a que se tiene contemplado la corta de bosque nativo, presentar dentro del proceso de Evaluación ambiental el Pas 148, que corresponde al permiso ambiental sectorial para la corta de bosque nativo. La afirmación hecha por el titular del proyecto en la página 118 de la Dia, que señala lo siguiente: “Respecto a los antecedentes contenidos en el informe de flora y vegetación, no le resulta aplicable algún Permiso Ambiental Sectorial asociado a la corta de vegetación”, no es correcta pues la información que entrega el citado informe, carece de información relevante que permita establecer las condiciones del bosque a eliminar y como se va a recrear la naturalidad que existe, después de la corta”.
La opinión del Sag
El Servicio Agrícola y Ganadero, en tanto, puso énfasis en el levantamiento asociado al componente fauna. Al respecto, indicó que “en el área de estudio se registró una abundancia total de 201 individuos distribuidos en una riqueza de 17 especies de aves y mamíferos. Estas asociadas al área determinada como parte del “Inventario Nacional de Humedales”. Por otro lado, en la fase de construcción el titular señala, “Se implementará un cierre perimetral entre la zona de intervención del proyecto y el polígono identificado según el Inventario Nacional de Humedales”, sin embargo, para la etapa de operación del proyecto no señala ninguna medida. Al respecto se solicita al titular, describir las medidas, diseños y obras que conectarán el área habitacional con el área verde y el humedal urbano y que permitirán la protección de estos últimos, previniendo impactos significativos sobre sus componentes”.
Observaciones
de la Conadi
Por su parte la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi, también entregó un informe con observaciones respecto de la Declaración de Impacto Ambiental.
“Se observa que el titular no realizó ningún esfuerzo por presentar antecedentes que permitan conocer si existió alguna intención real de recopilar información primaria de los grupos humanos indígenas asociados a las comunidades indígenas, o bien, de los habitantes pertenecientes a los pueblos indígenas mapuche, kawésqar y yagán, que conviven habitando el Conjunto Habitacional “Pueblos Originarios”, los cuales permitan descartar usos en el sector denominado “El Bosque”, teniendo en cuenta que cada uno de estos pueblos posee una cosmovisión distinta y, se relacionan con su entorno natural para la obtención de recursos para medicina ancestral, u otras aplicaciones espirituales o culturales”.
Es así, continúa, “que tampoco se pueden identificar los potenciales impactos como consecuencia de la intervención antrópica por causa del proyecto de urbanización, considerando que se verán disminuidos sus atributos naturales, como un espacio de contacto con el medio ambiente dentro del área urbana. De lo anterior se solicita: Elaborar una caracterización de sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos indígenas presentes en el área de influencia, priorizando la obtención de datos primarios (con medios de verificación), incorporando antecedentes suficientes que permitan descartar susceptibilidad de afectación para estos grupos, en particular respecto al uso del sector denominado “El bosque” colindante con el proyecto inmobiliario”.
Gobierno regional se pronunció conforme
La Gobernación Regional se pronunció “conforme” ante los antecedentes elevados por la Constructora Salfa al Sea, dentro de su Declaración de Impacto Ambiental (Dia) para el proyecto.
“Conforme al artículo 13 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la declaración de impacto ambiental incorpora el análisis de la relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y comunal, verificándose la coherencia del proyecto con los instrumentos regionales pertinentes”, señala la resolución firmada por el gobernador Jorge Flies.