Querellantes del caso Hércules intentan extender responsabilidad a controladores aéreos de turno
Familiares de 22 de las 38 víctimas fatales que dejó el accidente del avión Hércules C-130 de la Fuerza Aérea de Chile, ocurrido el 9 de diciembre de 2019, se querellaron ahora en contra de un oficial y dos suboficiales de la institución por delitos de carácter aeronáuticos. Como “emitir comunicaciones o señales falsas indebidas”, y también “el que omitiere efectuar las señales o comunicaciones debidas”.
Los abogados Cristián Arias Vicencio y Maximiliano Delgado González, representan a los familiares de las víctimas fatales. Y en tales circunstancias se querellaron en contra del sargento 2º de la Fuerza Aérea, Emanuel Carrasco Millaquén; Ricardo Villagra Cornejo, teniente de la misma institución y Jonathan Escobar Benavides, cabo 1° de la Fach.
Los argumentos de la querella nacen a partir del más grande de los accidentes aéreos registrados en Chile.
El avión Hércules salió desde Punta Arenas ese 9 de diciembre con destino a la Base Aérea Presidente Eduardo Frei Montalva.
Transportaba personal para revisar el oleoducto de combustible de la Base Aérea Antártica y la realización de un proceso de aplicación de anticorrosivos a las instalaciones nacionales en la zona.
En este avión viajaban civiles y personal de la Fuerza Aérea y del Ejército.
La aeronave despegó a las 16,55 horas y a las 18,13 horas, cuando sobrevolaba el Drake, se perdió contacto y toda forma de comunicación con la tripulación. Muchas horas después se supo que el avión se precipitó al mar.
En la querella se indica que existen presunciones acerca de que “el resultado de la tragedia se produjo por un colapso del material de vuelo, es decir por alguna condición preexistente que generó un desperfecto catastrófico en pleno vuelo”.
Ampliación de querella
Para los familiares las conductas negligentes de funcionarios de la Fuerza Aérea, que generaron el siniestro aéreo y la consiguiente pérdida de 38 vidas, no se limitaron exclusivamente a causar la tragedia.
Control de vuelo
El vuelo desde Punta Arenas a la Antártica debía ser controlado por las autoridades de tránsito aéreo civil y militar.
Desde la institucionalidad civil el control aéreo se encuentra a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y en específico a través del Centro de Control Aéreo.
Desde la institucionalidad militar el control aéreo se encuentra a cargo de la Fuerza Aérea de Chile, y en específico a través del Centro de Operación Aérea (COA), donde el día de los hechos se encontraban de turno los querellados, con el teniente a cargo.
El 9 de diciembre de 2019 se perdió toda comunicación con la aeronave siniestrada a las 18,13 horas, que corresponde a la última señal reportada por los sistemas automáticos de transmisión de geolocalización de la aeronave. Esto se verifica por medio del sistema “flightcell” el cual reporta la ubicación de la aeronave cada cinco minutos.
Adicionalmente la aeronave debe reportarse en tres puntos del viaje: Horno, Drake y Krill.
El día de los hechos la aeronave siniestrada notificó su posición en el punto Horno a las 17,44 hora. La notificación obligatoria siguiente, en el punto Drake, que se encontraba estimada para las 18,21 horas, nunca se verificó porque, como se pudo determinar después, el siniestro de la aeronave había ocurrido de forma previa.
Debido a la falta de comunicación, la funcionaria llamó al COA, para efectos de confirmar la ubicación de la aeronave. En ese momento se encontraba sólo el querellado Emanuel Carrasco, ya que los otros dos integrantes del turno (también querellados) estaban cenando, a partir de las 18 horas.
Delito
Para los abogados el delito se comete desde la comunicación entregada por uno de los querellados a las 18,52 horas a la DGAC, cuando se informa que el avión Hércules se encontraba sin novedad, correcta su posición y próximos al Aeródromo Teniente Rodolfo Marsh Martin.
“Lo anterior es falso, debido a que la última ubicación reportada fue a las 18,14 horas, y antes del punto de notificación Drake, faltando para completar la ruta dos de los tres puntos de notificación obligatorios”.
“Las comunicaciones emitidas por el querellado Emanuel Carrasco son falsas, en la medida que se informó una ubicación y tiempo de reporte de la aeronave sin relación alguna con la realidad, señalando a las 18,52 que la aeronave se encontraba sin novedades en el sistema “trackplus” a pesar de no haberse tenido información durante más de treinta minutos, e informando que se encontraba próximo al aeródromo de destino, en circunstancias que ni siquiera había atravesado dos de los tres puntos de notificación obligatorios establecidos para la ruta”.
El juez de Punta Arenas, Ricardo Larenas, resolvió tener por ampliada la querella y remitió los antecedentes al Ministerio Público.
Formalización
En esta causa está agendada para el 21 del presente mes la audiencia de formalización que solicitó el fiscal regional, Eugenio Campos, para los oficiales de la Fuerza Aérea Julio Ojeda Puig, Marcelo Mella Bertetti, Allan Asenjo Contreras y el ex comandante en jefe de la IVª Brigada Aérea, Eduardo Mosqueira Cruz.