Más de 5 mil pensionados recibirán el Bono Invierno en Magallanes
El aporte se paga junto a la pensión habitual, por
lo que no es necesario realizar trámite alguno.
El Instituto de Previsión Social (IPS) inició el pago del Bono Invierno a más de 5.300 pensionados de Magallanes.
Este aporte asciende a $74.767 por persona que haya cumplido los 65 años al 1° de mayo de 2023 y cuya pensión sea igual o inferior a $201.677 (sin considerar el beneficio de la PGU en este cálculo), entre otros requisitos legales.
“El llamado Bono de Invierno es un aporte en dinero que se entrega durante todo el mes de mayo a las pensionadas y pensionados que tengan más de 65 años, con el propósito de ayudarlos a enfrentar los gastos que aumentan en la época invernal, especialmente, en lo que tiene que ver con medicamentos, calefacción y alimentos, entre otros. En estos meses de invierno, la prioridad para nuestro gobierno son las y los adultos mayores”, destacó la seremi del Trabajo, Doris Sandoval, al inicio del pago de este beneficio.
Asimismo se señaló que los pensionados no necesitan postular a este beneficio, ya que el IPS ha realizado todas las acciones para que las personas reciban el pago junto con su pensión habitual del mes, ya sea que la perciban de manera presencial o a través de depósito. Por tanto, el bono se paga en la misma fecha de cada pensión, detalló la directora regional (s) del IPS, Julia Muñoz.
A nivel país son más de un millón 550 mil personas las que serán beneficiadas este año. Por lo que, a nivel nacional, incluyendo los pagos a beneficiarios del IPS y de otras instituciones previsionales, se estima que el Estado desembolsará un monto superior a los 115 mil millones de pesos en la entrega de esta ayuda social.
Para el caso de Magallanes, la inversión estimada por este beneficio será cercana a los 400 millones de pesos.
Los beneficiados
Recibirán el Bono de Invierno los pensionados que tengan 65 o más años y además estén en los siguientes grupos:
a) Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de Dipreca, de Capredena y de las Mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Estas personas recibirán el bono siempre que tengan una pensión inferior o igual $201.677.
b) Personas pensionadas del Sistema de AFP que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
c) Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
d) Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban sólo la PGU.
e) Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo).