Por femicidio fue enviado a la cárcel la pareja de Raquel Díaz; niega su autoría
Los antecedentes, contundentes dentro de lo preliminar de la investigación, dejaron nulo margen para que la defensa propusiera una medida cautelar distinta a la que terminó decretándose: prisión preventiva.
Aquello marcó ayer el desenlace de la formalización de Carlos Elías Muñoz Cárcamo, a quien se le imputa el asesinato de su ex pareja Raquel Díaz Jiménez bajo cargos de femicidio íntimo.
La jornada se preveía convulsionada por el nuevo paso por los tribunales de quien aparece como único responsable del cruel crimen de esta mujer de 38 años, madre de tres hijos.
La audiencia estaba fijada para el mediodía, pero una hora antes Carabineros desplegó un importante contingente en los alrededores del Centro de Justicia, con personal de Control de Orden Público e incluso sobrevolando el área con un drone. Mientras tanto, en el frontis una veintena de personas instaló lienzos y profirió los primeros gritos exigiendo justicia y mano dura para el imputado.
Faltando 10 minutos para el mediodía, a través del acceso lateral por calle Carrera ingresó el furgón de Gendarmería que trasladó a Muñoz Cárcamo bajo fuerte respaldo de un equipo especial, incluso apoyado por un can (rottweiler).
Al interior 24 personas (cercanos a la víctima) coparon la sala, además de personal de seguridad y parte de los representantes de la prensa. A las 12 con 20 minutos el detenido fue ingresado a tomar posición junto al abogado de la Defensoría Penal Pública, Pablo Santander.
Muñoz Cárcamo lució seguro en todo momento, respondiendo fuerte y claro a la hora de que la jueza Mónica Mancilla le solicitó individualizarse. Inmediatamente, la fiscal Wendoline Acuña dijo que iba a formalizar cargos, entregando los primeros antecedentes. Luego pidió la prisión preventiva, fundada en reveladores antecedentes.
Los hechos y
medios de prueba
No fueron pocas las veces en que la fiscal Acuña debió hacer una pausa en su intervención, debido a los gritos de justicia de quienes se mantenían apostados en la parte exterior del edificio. Sin embargo, éstos se fueron disipando luego que parte de los manifestantes ingresó al tribunal y otros se desplazaron al acceso del costado para esperar la salida del imputado en el carro celular de Gendarmería.
En la sala, la representante del Ministerio Público expuso que los hechos previos a la muerte de Raquel Díaz comenzaron el pasado jueves 11 cuando en horas de la tarde el imputado llegó hasta el inmueble que ella compartía junto a sus hijos. Tras una breve conversación con el hijo mayor, de 17 años, la pareja dejó el inmueble abordando el vehículo propiedad de la mujer.
Sector de Guairabo
Los antecedentes entregados por la fiscal sitúan a la pareja en una construcción que la víctima mantenía en el sector de Guairabo (a 21 km al sur de Punta Arenas). En el lugar, por razones que deberán ser determinadas, se produjo en horas de la noche una discusión que terminó con actos de violencia por parte de Muñoz Cárcamo.
De acuerdo con las pericias, el cuerpo de la víctima presentaba 10 heridas con arma cortante en el abdomen y extremidades, y lesiones en rostro y cabeza atribuibles a un objeto contundente. En el lugar fue hallado un cuchillo de grandes dimensiones y un martillo, ambos con sangre.
La investigación arrojó, además, que en horas de la tarde del día siguiente el imputado condujo el vehículo propiedad de su víctima hasta el sector alto de Punta Arenas, llegando hasta la Reserva Forestal de Magallanes. Se señaló que al interior del móvil llevaba el cuerpo sin vida de Raquel Díaz, el cual fue introducido en dos bolsas.
En su intención de deshacerse de los restos, los arrojó a través de una quebrada, quedando éstos en un canal. Con total frialdad, se dirigió inmediatamente hasta el lugar para cubrir los sacos con ramas y restos de un refrigerador.
Los testigos y una versión distinta
No pocos fueron quienes observaron el actuar sospechoso de Muñoz al momento de deshacerse del cuerpo de su víctima.
Al menos dos lugareños denunciaron haber visto a una persona en un vehículo que por marca y modelo correspondía al de Raquel Díaz. Asimismo, otra pareja advirtió al hombre junto a un saco de importantes dimensiones.
Finalmente, una mujer llegó al día siguiente hasta el cuartel de la PDI para denunciar lo observado, en base a que ello coincidía con la información que circulaba en redes sociales y que daba cuenta de la desaparición de una mujer.
Horas después el propio Carlos Muñoz concurrió hasta el cuartel de Carabineros para entregar antecedentes sobre la mujer por la cual había una denuncia por presunta desgracia.
En su declaración -mencionó la fiscal- el imputado involucró a otras dos mujeres. Aseguró que el jueves 11 tras salir junto a Raquel desde su vivienda, recorrieron varios lugares hasta horas de la noche, cuando encontraron a dos amigas de la víctima (una de ellas ex pareja del detenido), quienes la convencieron de seguir la jornada sin Muñoz. Por esta razón, él aseguró que se dirigió a su casa con el vehículo, mientras ella se fue en el auto de una de sus amigas.
Agregó, que al día siguiente recibió el llamado de una de las mujeres, quien le indicó que se encontraban en Guairabo y que requerían que él les llevara cerveza y cigarrillos. De acuerdo con su versión de los hechos, al llegar al lugar las encontró bajo los efectos del alcohol y consumiendo drogas, mientras Raquel se encontraba tendida inconsciente. Sin embargo, al intentar despertarla no hubo reacción. Aseguró que una de las mujeres le dijo que ella estaba muerta, lo que habría ocurrido tras recibir golpes en medio de una discusión por celos.
El acusado sostuvo en su declaración que, asustado por sus antecedentes, y con la seguridad de “que me iban a cargar”, decidió hacerse cómplice del hecho planificando deshacerse del cuerpo en el sector alto de la ciudad donde en 2021 fueron encontrados los restos de otra mujer: Guadalupe Oyarzún, de 54 años, de quien aseguró ser su sobrino.
No se ajusta a los hechos
Sobre la versión entregada por el imputado, la fiscal Wendoline Acuña desestimó que aquello tuviera asidero.
Planteó que los registros de cámaras son clarificadores para probar que Muñoz y Raquel jamás estuvieron en los lugares que él aseguró visitaron la tarde del 11 de mayo. A esto se suma la versión de los testigos, que en todo momento lo identifican solo en el sitio del suceso. Incluso, en el lugar de la Reserva Forestal tuvo un problema con el vehículo que lo obligó a ser asistido por un lugareño. Este declaró que tras haberle prestado ayuda, por haber quedado atrapado en el barro, Muñoz apenas le agradeció, denotando nerviosismo en todo momento.
Como argumento sólido para contrarrestar la hipótesis del detenido, se suma la versión de las involucradas. Ambas aportaron antecedentes suficientes para situarlas en otros lugares en los días y horas mencionadas por Muñoz. Incluso, una de ellas asegura que de Raquel Díaz sólo sabía que era pareja del detenido, y que jamás la conoció personalmente.
Tras lo expuesto por la fiscal, la defensa señaló que ante los antecedentes que sustentan la solicitud de prisión preventiva no habrían peticiones distintas. Finalmente se acordaron 4 meses para el cierre de la investigación.
En la jornada judicial, la familia de la víctima estuvo representada por la abogada Natacha Oyarzún, quien indicó que el padre de la mujer no estuvo en “condiciones emocionales” para asistir a la audiencia.
Un mes y medio de relación
En cuanto a la relación que mantenían víctima e imputado, se indicó que esta se había iniciado hacía un mes y medio, asegurando él que se veían día por medio.
Asimismo, se desestimó -tras los análisis- la versión que apuntaba a la existencia de un embarazo.
En cuanto a la formalización por femicidio (íntimo con ensañamiento), la legislación califica este delito como el asesinato de una mujer ejecutado por quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, o con quien tiene o ha tenido un hijo en común, en razón de tener o haber tenido con ella una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia.
Sin embargo, y en base a las modificaciones, también se considera femicidio el asesinato de una mujer en razón de su género cuando la muerte se produzca en alguna de las siguientes circunstancias: 1.- Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual. 2.- Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
3.-Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372bis.
4.-Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
5.-Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminación.
En cuanto a las penas, éstas van desde presidio mayor en su grado máximo (de 15 a 20 años) a presidio perpetuo calificado, que es la máxima sanción que contempla el Código Penal en nuestro país. En ésta, el condenado no puede optar a beneficios -como una posible rebaja de condena- hasta cumplir los 40 años en la cárcel efectivos.
Las manifestaciones
Más de una veintena de personas se manifestó ayer durante toda la jornada en tribunales. Ocurrió antes, durante y después de la audiencia, con un traslado del imputado que se concretó a las 14 horas con 40 minutos en medio de gritos de “¡maldito!” y “¡asesino!”, además de golpes en contra del carro de Gendarmería que 10 minutos después ingresó a Carlos Elías Muñoz Cárcamo a la cárcel de Punta Arenas.
En medio de la convulsionada salida, una de las manifestantes cayó fuertemente sobre el pavimento (sin mayores consecuencias), mientras los gritos de “ni una más” continuarán repitiéndose durante varios minutos.