Necrológicas

– Carmen Irene Peña Salazar

– Jaime Alejandro Barría Vogelhummer

– Mario Fernández Ibarrola

Suprema respaldó a jueza de Porvenir en fallo que resuelve que alcalde se excedió en sus atribuciones

Lunes 22 de Mayo del 2023

Compartir esta noticia
11,955
Visitas

En agosto del año pasado la jueza del Juzgado de Policía Local de Porvenir, Ivette Barría Rojas, recurrió de protección en contra del alcalde de esa comuna, José Gabriel Parada Aguilar, por actuaciones que calificó de ilegales y arbitrarias en su contra. Y que, de paso, desconocían la independencia de este tipo de tribunal.

Solicitó al tribunal que ordene dejar sin efecto el decreto alcaldicio, de fecha 11 de julio de 2022, donde le ordenan acreditar cumplimiento de la jornada laboral ordinaria estipulada por esa entidad edilicia, “estableciendo la obligación de concurrir a registrar mi huella a la oficina de recursos humanos”. Y que lo haga en un horario que no es el establecido por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en febrero de 2020.

La abogada fue nombrada el 8 de junio de 2020 como juez titular de Policía Local de Tierra del Fuego, con competencia sobre las comunas de Porvenir, Timaukel y Primavera. 

El alcalde Parada dictó un decreto, recordando que el reglamento de control de asistencia establece como medio de verificación el reloj control biométrico, y por ende toda persona debe registrar su ingreso y salida a través de los relojes de control dispuestos por el municipio, y para ello cada funcionario debe estar enrolado con su huella dactilar en el sistema.

Según la jueza, el edil le ordena acreditar el cumplimiento de jornada laboral como lo hacen los funcionarios, “entendiendo que estoy sujeta a la autoridad municipal, contraviniendo con ello el artículo 8º de la Ley15.231”. 

El decreto “denota un desconocimiento de mi independencia judicial, consagrada en la Propia Constitución Política de la República de Chile, y en la Ley 15.231, Orgánica de los Juzgados de
Policía Local”.

En ninguna parte de la Ley Orgánica se logra constatar que el alcalde tenga alguna función de control sobre el Juez de
Policía Local.

“Supremazo”

La primera señal de que la jueza tenía la razón vino en agosto pasad de la mano de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

El “espaldarazo” se tradujo en un fallo que recordó al jefe comunal de Porvenir sobre la independencia de los Juzgados de Policía Local. Los ministros le pidieron a Parada “abstenerse de incurrir en comportamientos que afecten la imparcialidad de la recurrente, y deben brindarle el trato correspondiente a su condición de magistrada de un Tribunal de la República”.

No compartiendo el fallo, el alcalde apeló a la Corte Suprema, pensando en revertir la resolución de primera instancia.

Sin embargo la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros Sergio Muñoz, Angela Vivanco, Adelita Ravanales; y los abogados integrantes Carolina Coppo y Ricardo Abuauad, acaba de confirmar la sentencia apelada el 6 de septiembre de 2022.

El fallo resuelve que “el conflicto planteado se origina debido a la errada interpretación de los recurridos, acerca de lo que debe entenderse por control jerárquico y control de cumplimiento de los deberes de la funcionaria aludida, cuestión que en definitiva, en las condiciones ejercidas configura una amenaza a la independencia con que debe obrar la juez de Policía Local, en tanto ejerce una potestad jurisdiccional y, con ello, lesionar uno de los fines esenciales de un Estado Constitucional de Derecho, teniendo siempre presente que las responsabilidades que le asisten pueden y deben ser ejercidas, por las demás vías pertinentes que el ordenamiento jurídico contempla, según se observa de la normativa
relacionada”.

“Asimismo, el acto impugnado vulnera la garantía de igualdad ante la ley de la protegida, todas, motivaciones que conducen a confirmar la sentencia que acogió el recurso”.

Pin It on Pinterest

Pin It on Pinterest