Acogen a trámite demanda del gobierno regional contra el Estado por disolución de antigua Cormag
El 26º Juzgado Civil de Santiago rechazó la excepción dilatoria de incompetencia que había presentado la procuradora fiscal de la capital, Ruth Israel López, para dejar sin efecto la demanda del gobierno regional que pide anular el acto administrativo que disolvió a la antigua Corporación de Magallanes (Cormag).
De esta forma, el citado tribunal se declaró competente para estudiar el fondo de la presentación del Gore de Magallanes.
“Esto es una gran noticia para Magallanes, pues el tribunal comenzará a analizar la solicitud de nulidad del decreto ley que, en 1974, puso fin a la Cormag y también a la Junta de Adelanto de Arica”, señaló el gobernador Jorge Flies.
La resolución del tribunal notificada el 7 de julio pasado y, para Flies, abre la posibilidad de restituir a la antigua Cormag, que tenía la calidad de corporación de derecho público.
La Corporación de Magallanes fue creada por la Ley Nº13.908, de 1959, siendo el tiempo de gloria de la Cormag el lapso entre 1967 y 1973.
Esta ley, a juicio del Ciudadano Ilustre y Premio Nacional de Historia 2000 y Premio Bicentenario 2006, Mateo Martinic Beros, fue paradigmática al transformar a la Cormag “en un verdadero agente de desarrollo, dotado de recursos y atribuciones suficientes. Con esta herramienta legal, en concreto, se abordó un conjunto de obras que en su momento impresionó a la gente y que, por cierto, eran trascendentes y beneficiosas, económica y socialmente consideradas” (Breve Historia de Magallanes, Ediciones Umag, pág. 126).
Argumento central
En parte del alegato del gobierno regional para pedir la nulidad del decreto ley que disolvió la Cormag en 1974, es que este acto administrativo se registró en el marco de un gobierno de facto, que ejerció los poderes Ejecutivo y Legislativo hasta el 10 de marzo de 1990 y que usó los decretos leyes para legislar.
Así, se argumenta que en nuestro ordenamiento jurídico no ha habido nunca disposición constitucional alguna que, válidamente emitida, legitime el actuar de los diferentes gobiernos de facto a la hora de legislar mediante este tipo de instrumentos. Se abunda que, por el contrario, nuestra tradición constitucional ha consagrado de manera permanente el principio de separación de poderes, la necesidad de investidura regular de las autoridades y el ejercicio de sus atribuciones dentro del marco legal.
“De manera tal que, como es público y notorio, desde el punto de vista constitucional estricto, la Junta de Gobierno carece de validez en su investidura para dictar el referido D.L.Nº575, de 1974”, apunta la demanda del gobierno regional.
Más adelante, en el escrito se enfatiza que una somera revisión del origen de este decreto que determinó la disolución de la Cormag permite establecer que carece validez atendido que su origen no se ajustó en dogmática estricta a la legalidad vigente.
Así, la cuestión de fondo sobre la que ahora deberá pronunciarse el tribunal santiaguino se refiere a la solicitud del Gore Magallanes de decretar que el referido decreto ley “se trata de un acto administrativo que adolece de nulidad de derecho público por exceso de poder y, consecuentemente, proceder a la anulación del acto administrativo impugnado”.
Administrador regional
Al respecto, el administrador regional, Christian García, reforzó que la demanda de nulidad persigue restituir a la antigua corporación, pues no correspondía que, por un decreto, se anulara una ley de la República.
“La demanda del gobierno regional persigue que vuelva a aparecer la Cormag como corporación de derecho público y que pueda seguir ejecutando los fines para los cuales fue creada. Esta entidad tenía un patrimonio autónomo, ingresos propios y la posibilidad de desarrollar actividad empresarial e inversión pública, además de impulsar obras de infraestructura, como son construir viviendas y hacer programas de servicios públicos en ámbitos como la educación y capacitación, entre otros”, observó García.
Explicó que la nueva Corporación de Desarrollo de Magallanes es de carácter privado, es decir, tiene dueños que la pueden disolver de cualquier momento. Por lo mismo, la actual Cormag -precisó- necesita la voluntad de los agentes que la componen y presenta ciertas limitaciones, pues, por ejemplo, no puede desarrollar actividad empresarial.
Dentro de la postura del gobierno regional, está la consideración que la disolución de la antigua Cormag provocó a la zona un grave daño patrimonial, pues tenía una serie de propiedades y empresas que fueron enajenadas.
Actividades empresariales de la antigua Cormag
Durante su existencia, la Cormag impulsó distintas actividades de desarrollo empresarial:
1.- Frigorífico Tres Puentes
2.- Picladero Puerto Natales
3.- Picladero Punta Arenas
4.- Complejo Cuero-Pelífero
5.- Hostería Porvenir
6.- Fábrica de ladrillos
7.- Planta Cementera
8.- Planta Conservera Puerto Toro
9.- Complejo Textil
10.- Centrales Madereras
11.- Hostería Puerto Williams
12.- Empresa Magallánica
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