Multaron con $24 millones a sistema de tratamiento de aguas de Enap en Posesión
Más de $24 millones de multa deberá pagar Enap en la Región de Magallanes, luego que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar al proyecto Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas de Posesión.
La decisión tiene que ver con incumplimientos asociados al funcionamiento del programa de monitoreo para la descarga de residuos industriales líquidos (Riles), que fue fijado por el organismo a la estatal en mayo de 2019.
El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta de tratamiento de aguas servidas que tiene como disposición final y descarga la bahía Posesión, en al comuna de San Gregorio (200 km al norte de Punta Arenas).
Cabe indicar que la SMA inició el procedimiento sancionatorio en diciembre de 2022, formulando un total de cinco cargos por incumplimiento a la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a la descarga de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. El primero de ellos, debido a que el titular no reportó los monitoreos de autocontrol de su programa de monitoreo, correspondiente al mes de julio de 2021. El segundo cargo corresponde a que, además, la empresa no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su programa de monitoreo, en tres periodos entre 2019 y 2021.
Por otra parte, se indicó que la empresa no reportó los remuestreos según lo establecido en su programa de monitoreo y/o en la norma de emisión, durante diciembre de 2021. Junto con eso, se sancionó al titular por haber superado los límites máximos permitidos para los parámetros de su programa de monitoreo en diciembre de 2019; y superar el límite máximo permitido de volumen de descarga en su programa de monitoreo, para tres periodos entre 2019 y 2021.
La multa deberá ser pagada en la Tesorería General de la República. En caso de que el titular opte por impugnar la resolución sancionatoria, puede presentar un recurso de reposición ante la SMA en el plazo de 5 días hábiles, o bien, tiene 15 días hábiles para interponer un reclamo de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental.