Necrológicas

La pérdida del alma del Ministerio Público

Por Carlos Contreras Martes 20 de Mayo del 2025

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El “caso bombas” se refiere a una serie de atentados con explosivos ocurridos en Chile en el cual la investigación estuvo rodeada de controversias y afectó fuertemente la credibilidad del Ministerio Público por diversas controversias en el manejo de evidencia y falta de claridad en la identificación de los responsables. Fue tan evidente la ausencia de rigurosidad del Ministerio Público que fue condenado en costas, esto es, pagar los costos del juicio.

A principios del año 2018 los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena presentan su renuncia al Ministerio Público por desacuerdos con el Fiscal Nacional en llevar adelante las causas identificadas con Penta, SQM y Corpesca a su cargo desde el año 2014; como ellos lo indicaron triunfaron en Tribunales, pero perdieron en la Fiscalía. Las causas, que contenían delitos de cohecho, soborno y financiamiento político ilegal, terminaron con muy pocas condenas, salidas alternativas sin sanción y ello dejó una sensación de impunidad evidente. En mi concepto, esta es la causa de corrupción mayor que ha enfrentado nuestro sistema de justicia penal.

En pleno estallido social se produce un incidente en el cual un carabinero empuja a un joven hacia el rio Mapocho en el puente Pio Nono, acusándose al uniformado por homicidio frustrado y apremios ilegítimos: resultado final: absuelto el carabinero y el Ministerio Público condenado en costas.  

En la tan mentada causa “Convenios”, en la arista procultura, después de casi tres años, los únicos que han sufrido las consecuencias de la investigación han sido los dos fiscales nombrados especialmente para llevar adelante la causa. El primero por sus lazos en la causa del abogado Luis Hermosilla y el segundo por llevar adelante diligencias ilegales, declaradas por la Corte de Apelaciones de Antofagasta. El fallo del caso en comento precisa en uno de sus considerandos lo que sigue: “Ahora bien, si desde ya resulta extraño que el acusador institucional se comporte como policía y no ajuste sus actuaciones a la legalidad vigente”, refiriéndose al fiscal a cargo en relación con una interceptación telefónica solicitada respecto de quien no era imputado.

Tuve el privilegio de difundir y contribuir, en representación del Ministerio de Justicia, la instalación de la reforma procesal penal el año 2002 y me correspondió el seguimiento hasta el año 2006 y, por lo mismo, siento un profundo pesar al constatar que los principales fundamentos y supuestos para la instalación de la reforma hoy se pierden en una gestión que ha generado reproches públicos de fondo. En efecto, se reemplazaron jueces que investigaban por fiscales, en un número mayor, para asegurar eficiencia e imparcialidad separando la calidad de juzgadores e investigadores, asegurando a su vez la especialización y dedicación exclusiva de los mismos a esa labor con la finalidad de excluir o disminuir considerablemente las posibilidades de error, así como la rapidez en la resolución de los casos. Otro de los pilares de la reforma era la protección de las víctimas y la protección del principio de inocencia, con lo cual se pretendía evitar, además de su vulneración en si mismo, un prejuzgamiento a quienes no tienen la calidad de partícipes en un hecho delictual, de hecho, por ello se eliminó la calidad procesal de “Procesado” que es aquel inculpado de quien se tienen presunciones fundadas de su participación en un delito, manteniéndose el concepto de imputado para efectos de la investigación en la medida que se tenga fundadas sospechas que un sujeto a participado de un delito.  

Pero, todo se está yendo por la borda. La comunicación de la formalización se ha convertido en un prejuzgamiento, las medidas cautelares de prisión preventiva se han convertido en condenas previas, las diligencias de los fiscales son seguidas por las cámaras de los medios y después decretan reserva de la carpeta de investigación cuando ellos mismos promueven su conocimiento y ponen de sobre aviso a eventuales autores. Cuando tenemos más noticias de formalización que de condenados
algo anda mal.

Creo sinceramente que debería de instruirse a los fiscales en los fundamentos que llevaron a la instalación de este sistema procesal penal por cuanto, a la luz de sus acciones, pareciera que no lo conocen. 

Agrava la situación la circunstancia que aquellos que se dedican a la política como profesión y los candidatos llamen a acatar los fallos y resoluciones cuando les favorecen y los critiquen duramente cuando perjudican sus intereses, pues claramente carecen del conocimiento jurídico y del sentido de la institucionalidad en una República. 

Quedan dos esperanzas para que el sistema se relegitime y deje de estar en la duda: a) que el Fiscal Nacional, conocedor de estos principios y de las finalidades del sistema, por haber sido el encargado de su implementación en el Ministerio de Justicia, instaure los correctivos necesarios, para recuperar el alma del servicio; b) que los tribunales, especialmente las Cortes de Apelaciones, sigan protegiendo a los ciudadanos de las actuaciones desmedidas e ilegales que afectan los derechos personales, así como a nuestra institucionalidad penal.    

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