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“Espaldarazo” de la Corte a jueza de Porvenir por fallo que recuerda al alcalde la independencia de los Juzgados de Policía Local

Jueves 8 de Septiembre del 2022

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  • El máximo tribunal ordena al jefe comunal abstenerse de incurrir en comportamientos que afecten la imparcialidad de la recurrente, y deben “brindarle el trato correspondiente a su condición de magistrada de un Tribunal de la República”.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas marcó un precedente judicial al zanjar la controversia suscitada entre el alcalde de Porvenir y la jueza del Juzgado de Policía Local de esa comuna, Ivette Barría Rojas, en un fallo que deja por sentada la independencia y autonomía que debe existir entre ambos entes.

Todo se originó en un decreto municipal, firmado por el jefe comunal José Gabriel Parada (N°0688, de fecha 11 de julio del año en curso), donde dispone a la jueza acreditar el cumplimiento de la jornada laboral estampando la huella en la oficina de Recursos Humanos. Más encima en un horario que no es el establecido por la Corte de Apelaciones.

Para la recurrente esto contraviene lo dispuesto en la “Ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía local” del país.

La jueza hizo notar en el recurso en contra del alcalde José Gabriel Parada, que “desde el inicio ha existido una actitud renuente del edil a respetar mi independencia, la cual se ve replicada en los funcionarios municipales derivadas del errado entendimiento de mi doble dependencia”.

Hace mención a un “permanente desconocimiento de su calidad de juez de un tribunal especial de la República”.

También recordó que el decreto en cuestión vulnera garantías constitucionales de igualdad ante la ley, “al imponerse una diferencia arbitraria con los demás jueces de Policía Local del país, que no están sometidos a la exigencia que la recurrida pretende imponer”. 

Y se le advierte que, “de no cumplir la ilegal orden, el recurrido procederá a descontar parte de sus remuneraciones, lo cual deviene en vulneración de su integridad psíquica”. 

Existe jurisprudencia de los tribunales superiores de justicia, en cuanto a que es “improcedente que la autoridad administrativa pretenda inmiscuirse en el cumplimiento del horario de los jueces de Policía Local, resorte que es exclusiva de la Ilustrísima Corte respectiva”.

Fallo de la Corte

Los ministros titulares de la Corte de Apelaciones, Marcos Kusanovic y Caroline Turner y suplente Claudio Jara, acogieron el recurso de la jueza Ivette Barría en contra de la Municipalidad de Porvenir, representada por el alcalde José Parada, y ordenó a éste dejar sin efecto el controvertido decreto. 

Y en lo sucesivo, dejan en claro, el jefe comunal “deberá abstenerse de incurrir en comportamientos que afecten la independencia e imparcialidad de la recurrente, y brindarle el trato correspondiente a su condición de magistrada de un Tribunal de la República”. 

A través de su abogado Carlos Contreras, el jefe comunal pidió que se rechazara el recurso, mediante una serie de argumentos que finalmente fueron desestimados por el tribunal de alzada.