Necrológicas

Llaman a Pymes regionales a postular a bonificación a la inversión para 2021

Sábado 26 de Diciembre del 2020

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– Los proyectos se recibirán hasta el 31 de diciembre a las 12 horas, de manera presencial en la dirección regional de Corfo y gobernaciones provinciales de Última Esperanza, Antártica y Tierra del Fuego. 

Con una mirada especial a las postulaciones de proyectos que sean de sectores tan decaídos por la pandemia como turismo y comercio, se reciben hasta el 31 de este mes las postulaciones a la bonificación a la inversión DFL 15 para apoyar a las pequeñas y medianas empresas afectadas por la crisis económica de la pandemia.

Los proyectos se recibirán hasta las 12 horas del próximo jueves 31 de manera presencial en las oficinas de la dirección regional de la Corporación de Fomento de la Producción como también en las oficinas de las gobernaciones provinciales de Ultima Esperanza, Antártica y Tierra del Fuego. Además, las bases podrán ser solicitadas a los correos [email protected] y  [email protected]

Se informó que el Fondo de Fomento y Desarrollo de Zonas Extremas tiene como objetivo bonificar un 20% las inversiones que pequeños y medianos inversionistas, productores de bienes y servicios, que realicen en construcciones, maquinarias, equipos y/o animales finos para la reproducción, directamente vinculados a los procesos productivos e incorporables a su activo.

Marcelo Canobra, director regional de la Corfo, llamó a las pymes a postular y recordó que “el DFL -15 es una muy buena oportunidad para las pymes regionales, es un instrumento que permite dar una solución rápida, de apoyo económico con una bonificación del 20% a las inversiones o reinversiones realizadas. Invitamos a todas las pymes, independiente del rubro, a participar y postular a este concurso”.

Quienes pueden postular

A este proceso podrán postular los pequeños o medianos inversionistas que efectúen nuevas inversiones o reinversiones, durante el año 2018 – 2020, entendiéndose por nuevas, las construcciones o bienes y servicios que se incorporan por primera vez al sistema productivo del país.

Respecto de las construcciones, se entenderá por nuevas aquellas que detenten dicha calidad conforme al certificado de recepción de obras definitivas de la municipalidad respectiva o del certificado pertinente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. No son susceptibles de bonificación las construcciones clasificadas como habilitaciones y remodelaciones.

Se consideran sujetos de beneficio, los pequeños y medianos inversionistas cuyas ventas anuales netas no excedan las 40.000 UF. Se entiende por ventas anuales aquellas efectuadas en el año calendario anterior.

Cada inversionista podrá postular a una o más inversiones siempre que el monto de cada una no supere las 50.000 UF y se excluyan de estas bonificaciones las actividades directa o indirectamente relacionadas con la gran minería del cobre o hierro, la pesca industrial extractiva y el sector público.