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Corte Suprema dejó sin efecto decreto de expulsión en contra de ciudadano cubano

Sábado 23 de Enero del 2021

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En manos de la Corte Suprema estaba la permanencia o no en Punta Arenas del ciudadano de nacionalidad cubana, Orlando Cairo Núñez. La intendenta Jennifer Rojas firmó un decreto de expulsión. La Corte de Apelaciones lo acogió pero el máximo tribunal de justicia del país revocó el fallo, con fecha 21 de enero de 2021.

Localmente el recurso de amparo fue rechazado por dos votos contra uno. El abogado Pablo Galaz Saavedra, patrocinante de la acción judicial, apeló ante la Corte Suprema.

Cairo se presentó en la Policía de Investigaciones de Punta Arenas, informando de su ingreso ilegal a Chile. Esto abrió un proceso administrativo que terminó con expulsión que ordenó la intendenta regional, Jennifer Rojas García.

El abogado argumentó que dicho decreto era ilegal y arbitrario, porque afectaba la libertad personal de Cairo, nacido en Santiago de Cuba el 9 de mayo de 1989, y quien ingresó por un paso no habilitado al país, desde Bolivia, el 16 de septiembre del año 2019.

Posteriormente se trasladó hasta Punta Arenas para reunirse con la mujer que conoció por Facebook y con quien tiene actualmente un vínculo de convivencia.

A raíz de lo mismo no quería ser expulsado. Muy por el contrario, la idea es vivir en Magallanes, y seguir trabajando como ha sido hasta ahora, siendo un aporte a la sociedad.

La Corte de Apelaciones rechazó el recurso bajo el argumento de que la autoridad recurrida dio cumplimiento a la norma vigente, en la resolución de expulsión, “actuando dentro del ámbito de sus atribuciones legales y el límite de su competencia”.

Fallo revocado

Pero los ministros de la Corte Suprema dictaminaron otra cosa y revocaron la sentencia. Para ellos la resolución de la expulsión, “deviene en arbitraria por ausencia de fundamentos, motivo por el cual la presente acción constitucional será acogida, al afectar la libertad ambulatoria del ciudadano extranjero antes individualizado”.

Hacen hincapié en que la resolución impugnada, “requiere de una carga argumentativa superior a la meramente formal, como la expuesta en la decisión atacada, que se funda únicamente en las disposiciones legales y reglamentarias que cita, así como en la circunstancia no controvertida del ingreso del recurrente al territorio nacional, por un paso no habilitado”.

En consecuencia, el fallo acogió el amparo, ordenando dejar sin efecto la resolución exenta de fecha 3 de noviembre de 2020, dictada por la intendencia regional de Magallanes, que dispuso la expulsión de Cairo.