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Apuntes Constitucionales (Parte V): Los órganos e instituciones constitucionales

Por Carlos Contreras Martes 16 de Febrero del 2021

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Existen diversos órganos o instituciones que, actualmente, tienen consagración constitucional, motivo por el cual me parece interesante determinar si es pertinente mantener dicha importancia, así como la necesidad de incluir otras instituciones dentro del rango constitucional.

Al respecto no me cabe duda que es importante, mantener el rango constitucional del Ministerio Público, aunque sí creo necesario, al igual que tratándose del Poder Judicial, que exista una norma especial y consagrada a nivel constitucional relacionada son la responsabilidad de sus acciones, tanto en el ámbito de la falta de servicio como en el error al momento de juzgar o encauzar.

Considerando la necesidad de igualdad de armas con el Ministerio Público, pero mirando también al ámbito de la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos, cuestión que requiere la existencia de defensa especializada, consagraría a nivel constitucional la institución de la Defensoría o Defensor del Pueblo que además de cumplir con una tarea  de protección y tutela en el ámbito de los derechos fundamentales, debería tener la supervigilancia de todos los servicios estatales o de financiamiento estatal que  tiene  a su cargo la defensa de los intereses de las personas que no pueden procurarse una defensa especializada, entendiendo por tales, la defensoría penal pública, la Corporación de Asistencia Judicial y las diferentes oficinas de atención a víctimas y testigos  que administra el Estado en la actualidad por medio de diferentes programas y Ministerios.

Por su parte, la Contraloría General de la República debe mantener su rango constitucional, pero creo necesario introducir algunas modificaciones que fortalezcan la calidad y vigencia de sus pronunciamientos en derecho, estableciendo un consejo superior o de estudios que asesore al Contralor General para dar una mayor uniformidad y contenido a la jurisprudencia administrativa que rige el accionar del Estado.   

En cuanto al Servicio Electoral, además de mantener su rango y considerando la urgente necesidad de establecer mecanismos de democracia directa para el funcionamiento político del Estado, es necesario fortalecerlo administrativa, económica y estructuralmente procurando mantener su responsabilidad e independencia en el más alto nivel.

Sin lugar a dudas, el Banco Central, atendida la necesidad técnica de su existencia, debe mantener su consagración constitucional.

De plano creo que las Fuerzas Armadas y de Orden deben salir de la Constitución, pues son una manifestación del poder del Estado que está sujeto o determinado por el poder político y es una sociedad democrática no requiere una consagración especial, del mismo modo que el Consejo de Seguridad Nacional. Por lo demás, los eventos de los últimos años en cuanto a su administración interna que ha generado sumas millonarias de desfalco, así como la manifiesta diferencia previsional y protección social que hoy detentan en relación con toda la población, exige que se produzca una profunda reforma a su respecto y mantener su consagración constitucional puede dificultar dicha tarea.

Queda pendiente lo relativo al Tribunal Constitucional, pero ello será materia de la próxima columna.