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Suprema acogió amparo de madre venezolana y ahora puede seguir viviendo en Punta Arenas

Jueves 11 de Marzo del 2021

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La Corte Suprema revocó un fallo de primera instancia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que no dio lugar a un recurso de amparo que presentó una ciudadana venezolana. La resolución le permitirá a la mujer seguir viviendo en Punta Arenas, en su calidad de ex residente.

Ana Mariela Camacho presentó un recurso de amparo por ella y su hija menor, después de salir de Punta Arenas rumbo a su país de origen, “por asistencia familiar de su madre, de avanzada edad que se encontraba en situación de emergencia”.

En Venezuela quedó “varada” por el Covid-19 y no pudo regresar a tiempo, antes del vencimiento de su visa. En Maracaibo tampoco tuvo acceso a internet, lo que le impidió realizar cualquier tipo de trámite para prorrogar la extensión de vencimiento de su documentación.

Al  querer volver a Punta Arenas, en el paso fronterizo Monte Aymond, no la dejaron ingresar a Chile por encontrarse vencida la documentación. Esto fue el 11 de agosto de 2020, quedando abandonada con su hija menor en la ciudad de Río Gallegos, prácticamente sin dinero para solventar la espera y los permisos para volver a nuestro país y reencontrarse con el resto de su familia, el marido y retomar las actividades laborales y estudiantiles de su pequeña hija.

La documentación, como cédulas de identidad chilenas se las retuvo la PDI. De ahí realizó toda la tramitación para pedir Visa, contando con la documentación que acredita que su residencia ha sido efectiva en nuestro país, específicamente en Punta Arenas.

En el recurso de amparo que presentó en la Corte de Apelaciones solicitó la intervención lo antes posible para poder ingresar al país y llegar a su destino final ya que no contaba con suficientes recursos económicos para seguir solventando su estadía en Argentina.

El jefe policial de la PDI, José Carrasco León, respondió que efectivamente el 1 de febrero de 2021, impidieron el ingreso al territorio nacional de las recurridas, por no contar con una visa vigente, ni una solicitud de prórroga o cambio ingresada a trámite en Chile.

Ambas registraban una visa sujeta a contrato, con vigencia hasta el 12 y 19 de agosto de 2020, sin tener en la base de datos alguna solicitud de prórroga o cambio de visa ingresada a trámite en Chile.

Para la Corte de Apelaciones “la conducta que se reprocha al personal de la Policía de Investigaciones, resulta ajustada a derecho y plenamente justificada al tenor de las potestades migratorias que detenta”.

Suprema dio la
razón a la mujer

Los ministros de la Corte Suprema revocaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, argumentando que el motivo de fondo del amparo es porque a la mujer y la hija no se les permitió el ingreso al territorio nacional, “toda vez que, pese a que contaban hasta el mes de agosto de 2020 con visa sujeta a contrato de trabajo y, mientras se encontraban en Venezuela venció el plazo que les otorgaba dicho documento para permanecer en Chile, plazo que a juicio de esta Corte no debe ser contado debido a fuerza mayor, derivado de la contingencia sanitaria”.

Además de resultar ser un hecho público y notorio las precarias condiciones de comunicación existentes en Venezuela, situación que se agudiza aún más con ocasión de la pandemia y las restricciones a la movilidad personal que conlleva dicha situación de excepción, “situación que justifica que las amparadas no pudiesen realizar los trámites exigidos por la normativa para extender la visa sujeta a contrato de trabajo o para solicitar visado a permanencia”.

Para la justicia se configura una perturbación a la libertad personal, al impedir la autoridad administrativa el ingreso al país de madre e hija.

En tales circunstancias acogió el amparo de Ana Mariela Camacho, y su hija menor, “debiendo consecuencialmente la autoridad migratoria de Policía Internacional de la PDI permitir a las amparadas el ingreso al territorio nacional”, indica el fallo.