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Vecinos que no cumplan con ordenanza de tenencia responsable de animales pueden ser citados al Juzgado

Martes 27 de Abril del 2021

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Municipio por denuncias en pasaje El Vellonero

La semana antepasada, la junta de vecinos de El Ovejero denunció la presencia de un peligroso perro en el pasaje El Vellonero, que tiene atemorizados tanto a vecinos como a quienes se acercan esporádicamente al sector (a leer medidores, entregar cartas y documentos, entre otros). Ante esta denuncia, la Municipalidad de Punta Arenas, a través del Departamento de Tenencia Responsable de Mascotas, recordó a la población algunas de las principales disposiciones de la Ley 21.020 “Sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía” publicada en 2017 y conocida mayormente como “Ley Cholito”.

Reconocen que una de las consecuencias del incumplimiento a las obligaciones de los responsables y/o propietarios de mascotas o animales de compañía es el conflicto entre vecinos.

“La Ordenanza Municipal Nº560 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía en la comuna de Punta Arenas faculta a esta entidad a cursar infracciones, notificaciones y citaciones al Juzgado de Policial según corresponda a personas que incumplan lo indicado en dicha ordenanza. La municipalidad, a través del Departamento de Tenencia Responsable de Mascotas, está llevando a cabo charlas educativas a organizadores comunitarias, funcionarios municipales y colegios (ciclos básicos) con la finalidad de dar a conocer los aspectos principales de la Ley Nº21.20 (Ley Cholito) y Ordenanza Municipal Nº560, con el objeto que la comunidad conozca y sopese las obligaciones y derechos en metería de tenencia responsable se refiere”, planteó el encargado del departamento, Christian Muñoz.

Según la ordenanza municipal, dentro de las principales obligaciones está que los propietarios y/o tenedores deberán proceder a la adecuada identificación de la mascota (implantación de chip) y su correspondiente registro en la plataforma de registro nacional; mantenerlos dentro de su domicilio o lugar destinado a su cuidado, sin provocar molestias, daño y/o peligro a los vecinos. Además, las mascotas no podrán acceder libremente a las vías y espacios públicos, deberán siempre ser conducidos por sus propietarios y/o tenedores, y en todo momento deben ir refrenados por un collar o arnés y correa respectiva.

En cuanto a sanciones, detalló que en casos de maltrato animal, crueldad animal y abandono; delitos señalados en el artículo 12 de la “Ley Cholito” se expone a sanciones establecidas en el Código Penal que van desde presidio a multas desde 2 a 30 UTM como también la inhabilidad absoluta para tener cualquier tipo de animales según sea la gravedad del caso. Respecto a la incumplimientos de la Ordenanza Municipal las multas van desde la 3 a 5 UTM según sea el caso.