Tramitan regulación que pone término a disparidad en precios de exámenes de salud
Se han detectado diferencias de hasta 500%
Ningún examen ni procedimiento médico podrá costar más de un 50% del arancel del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) y los hospitalarios no más del 40%. Este es uno de los objetivos a los cuales apunta la moción en que trabaja la senadora Carolina Goic junto a un grupo de parlamentarios que integran la Comisión de Salud.
La legisladora es, justamente, quien preside la instancia que a través de este proyecto busca regular el precio de los exámenes y procedimientos de apoyo diagnóstico y clínico, así como la obligatoriedad de que estos sean informados públicamente.
La moción también propone la creación de un observatorio que tenga la función de registrar cifras estadísticas, indicadores, estudios, análisis y otros temas de interés relativos a la variación de precios de exámenes y procedimientos médicos.
Hoy se han advertido diferencias de hasta un 500% por un mismo examen que usa la misma tecnología en distintas clínicas, un paso necesario para muchas personas que no tienen acceso inmediato a través de Fonasa por las largas listas de espera. “También nos preocupa la diferencia que existe en la interpretación de un mismo examen. Eso tiene que ver con la calidad profesional del radiólogo por ejemplo. Ahora los cobros desproporcionados en sí mismos son condenables”, enfatizó Goic.
En el detalle, la propuesta en que trabaja la comisión apunta a que el precio de los exámenes y procedimientos de apoyo diagnóstico y clínico realizados ambulatoriamente, de urgencia o electiva, tanto en horario hábil, como inhábil, no podrá ser superior al 50% del valor asignado en el Arancel Modalidad Institucional del Fonasa. Además, que el precio de estas prestaciones realizadas en atención cerrada, tanto en horario hábil como inhábil, no sea superior al 40% del referido arancel.
También se establece que los prestadores institucionales de Salud tengan la obligación de informar el precio de cada examen y procedimiento de apoyo diagnóstico y clínico que realicen. Los valores deberán estar previamente publicados, en sus propios sitios electrónicos, y en formato físico a disposición del público general. La publicación deberá hacerse a través de un listado que compare el precio ofrecido por el prestador, el arancel del Fondo Nacional de Salud y la diferencia que se produce entre ellos.