Necrológicas

– Irma del Rosario Mansilla Barría
– José Ruiz Maldonado
– Enrique Elmer Gómez Valdés
– Juan Marcelo Miranda Maldonado
– Luis Aldino Cárdenas Bustamante
– Nelson Rolando Vega Vega

Fallo inédito condenó a un profesor por “abuso sexual por sorpresa” hacia una colega

Lunes 12 de Julio del 2021

Compartir esta noticia
5,782
Visitas

Los hechos materia del requerimiento son considerados como violencia de género, y “nuestro país ha ratificado diversos instrumentos internacionales para proteger y amparar la integridad física y psíquica de las mujeres víctimas”, sentenció el juez Ricardo Larenas.

Era una “pagada de piso” entre profesores, pero algo no salió bien. El evento terminó con uno de los asistentes denunciados por una colega que no dejó pasar el episodio y hace poco la justicia lo condenó por “abuso sexual por sorpresa”.

Fue un día de mayo de 2019 que el denunciado participó de la bienvenida a profesores nuevos de un liceo municipal, evento que se realizó en un quincho arrendado para tales efectos. Pero el encuentro de camaradería no terminó ahí, sino que siguió en un restobar al que se trasladaron seis docentes, donde estuvieron compartiendo.

En un momento la denunciante de estos hechos, salió del recinto para ir a comprar cigarrillos, siendo acompañada por un colega participante del encuentro, quien se ofreció a llevarla en su automóvil particular que estaba estacionado en las cercanías.

Sin  embargo, al llegar al  vehículo, en forma  sorpresiva e inesperada, el docente se abalanza sobre ella, “dándole un beso en su boca pese a su negativa, quien no podía sacarlo de encima, hasta que logró empujarlo y entonces ella se retiró del lugar angustiada, avergonzada, humillada y asqueada”, fueron los hechos que expuso en juicio la fiscal Wendoline Acuña Aliaga.

Para el Ministerio Público esto es constitutivo de un “delito consumado de abuso sexual por sorpresa”, pero reconociéndole la “irreprochable conducta anterior”, solicitó para el docente una pena de 540 días de presidio.

Pero como no admitió responsabilidad en los hechos del requerimiento, el caso se zanjó recientemente a través de un juicio simplificado

Víctima

En el juicio declaró la víctima, una profesora joven, soltera. Relató que fue al restobar con otros tres colegas y en un momento se encontró en el local con el profesor, al que terminó denunciando. Compartieron todos juntos hasta cuando sale a fumar y éste la acompaña. Pero como no tenía cigarros decide ir a comprar. El hombre la acompaña, ofrece su auto que estaba estacionado en las cercanías del pub, pero en un sector con poca iluminación se coloca al costado de ella y se le abalanza. En tres oportunidades le dijo claramente que no. El le dice que sólo quiere un beso. Ella lo rechaza, pero como se encontraba de espaldas a la puerta del auto, no podía salir. El coloca su mano en el vidrio y ella se petrificó, quedó helada. “En eso siento su asquerosa lengua en mi boca”.

Allí logra salir y empieza a llorar. Cuando va por la calle el colega avanza con su auto y comienza a gritar su nombre. Le da impotencia recordar esto.

Vuelve al local y se encuentra con un amigo de años, le pregunta que le pasó y le dice que un tipo intentó sobrepasarse. De ahí se sube a un taxi y llega hasta su casa y se queda sentada en el comedor durante mucho rato.

Al día siguiente le contó a una amiga, mientras el hombre le enviaba mensajes por Facebook pidiendo que no dijera nada.

Dejó en claro que nunca se le insinuó al denunciado, como se intentó establecer a partir de un baile sensual en el local donde compartían, y recién después de un mes tomó fuerza para estampar la denuncia.

Al retomar las actividades académicas tuvo muchos problemas, incluso presentó licencia psiquiátrica por la persecución que vino en su contra dentro del establecimiento y de sus mismos colegas, producto de la denuncia realizada en contra del docente.

“Sólo las personas que han sufrido abuso comprenden lo difícil que es hablar y reaccionar”, manifestó.

Violencia de género

A criterio del juez Ricardo Larenas Bustos estos hechos configuran el abuso sexual por sorpresa, “consistente en abordar en tres oportunidades a la víctima en contra de su voluntad, manifestada expresa y claramente, de introducir su lengua en la boca, sintiéndose asqueada. La nula relación sentimental y de amistad que poseían requerido y víctima”.

Rememoró hechos del pasado perdidos en su mente, revividos por este significativo acontecimiento para ella, “lo que la mantuvo en la incertidumbre de denunciar o no por bastante tiempo”.

Como parte de la prueba de la defensa una de las profesoras, colega de la víctima, atestiguó pero para el magistrado, “al estar su declaración teñida entre la moralidad y el deber ser de las mujeres frente a los hombres, su declaración en nada aporta al esclarecimiento de los hechos, ya que enjuició la forma y cómo realizó un determinado baile la víctima, cuestión lejos de ser lo relevante del presente requerimiento, dado que estamos ante un tribunal de derecho y no moral”.

La secretaria del liceo, y apoderada del curso en que se desempañaba como profesora jefe la víctima, calificó el baile de la denunciante como indecoroso, recordando incluso la cara de incomodidad del profesor llevado a juicio. Para el magistrado resuelve que en nada aporta su testimonio.

“En consecuencia, la prueba de la defensa se centró en el baile de la profesora con el imputado, y el hecho de justificar en él la puerta de la conducta comisiva”.

Los hechos materia del requerimiento son considerados como violencia de género, “nuestro país ha ratificado diversos instrumentos internacionales para proteger y amparar la integridad física y psíquica de las mujeres víctimas”.

Trato indigno

La víctima fue tratada mal por los testigos de la defensa, “recibiendo un trato indigno y poco amable al interior de su establecimiento educacional donde prestaba servicios, lo que debe necesariamente encuadrar este sentenciador en estos instrumentos internacionales para efectos de amparar y resguardar los derechos de la víctima como tal”, que no sólo sufrió los actos realizados por el imputado, “sino que del entorno en el que se desempeñaba profesionalmente”, sentenció el juez.

Expresa llamarle poderosamente la atención la actitud de los testigos de la parte requerida, “quienes en todo momento de su relato, intentaron desviar la atención del Tribunal hacia la conducta de la víctima, procurando con sus palabras revictimizarla, entendiendo que por su actuar el imputado debía necesariamente actuar de la manera que lo hizo”. Algo así como “merecía recibir lo que recibió”

“Entender así las cosas es desproteger a las víctimas y amparar a los abusadores en el más amplio sentido de cosas, abriendo un manto peligroso de impunidad imposible de pensar en un Estado de Derecho moderno y democrático como el nuestro”.

El juez condenó al docente, iniciales N.A.S.P., como autor del delito consumado de abuso sexual por sorpresa, a la pena de 70 días de presidio, además de las accesorias consistente en  suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. La pena la podrá cumplir en libertad, con la remisión condicional (firmando), quedando sujeto al control de Gendarmería.