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Corte Suprema acogió sendos recursos de protección

Fallo ordena pagar asignación antártica a dos viudas del fatídico vuelo Hércules

Miércoles 29 de Septiembre del 2021

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La Tercera Sala de la Corte Suprema revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y con ello acogió sendos recursos de protección, ordenando de esta manera al Ministerio de Defensa Nacional y al Ejército pagar la denominada gratificación antártica a las viudas de dos miembros de la rama castrense que murieron en el accidente aéreo del avión Hércules C-130, que cayó al mar cuando viajaba a la Antártica, el 9 de diciembre de 2019.

El máximo tribunal del país estableció el actuar arbitrario de las citadas instituciones al no pagar el beneficio, a diferencia de la Fuerza Aérea que sí pagó la asignación que deberían haber percibido los miembros de la Fach muertos en dicho accidente.

De los hechos expuestos en el recurso, “se puede concluir que la recurrente se encuentra en idénticas condiciones que los beneficiarios del personal fallecido y desaparecido que pertenecía a la Fuerza Aérea de Chile, siendo dable destacar que el derecho a montepío de la actora emana, también, del Decreto Supremo Exento Nº1 de 3 de enero de 2020 del Ministerio de Defensa”.

“De este modo resulta indispensable que, en virtud del principio de coordinación de los órganos de la Administración del Estado previsto en artículo 37 bis de la Ley Nº 19.880, y concretando la garantía de igualdad ante la ley antes conceptualizada y delimitada, el Ejército de Chile y el Ministerio de Defensa Nacional otorguen igual trato a los beneficiarios del personal fallecido de ambas ramas de las Fuerzas Armadas”.

Al ser pagada la gratificación antártica a los beneficiarios del personal Fach fallecido o desaparecido, “entonces deberá procederse al pago de igual estipendio en favor de la actora”, establece el fallo.

Finalmente, se indica, “cualquiera sea el caso esta acción constitucional no podrá ser acogida respecto de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, estamento que actúa como órgano pagador, sin incidencia en la concesión o denegación de la prestación que se pretende”.

Viudas

Uno de los recursos de protección que dio lugar al fallo de la Suprema, lo presentó Gloria Calisto Mayorga en contra del Ejército y del Ministerio de Defensa y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, “calificando como ilegal y arbitraria la no inclusión, en el cálculo de su pensión mensual de montepío, la gratificación antártica y la gratificación de vuelo establecidas en el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas”.

Ella era la cónyuge de Christian Astorquiza Oddo, coronel de Ejército fallecido en la tragedia

El otro recurso de protección, del mismo tenor, lo interpuso Claudia Pincheira Marisio, en calidad de viuda de Daniel Ortiz Vidal, general de Brigada del Ejército.