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Superintendencia Ambiental defendió su resolución por obras en río de las Minas

Viernes 15 de Octubre del 2021
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Ayer se realizaron los alegatos ante el Tercer Tribunal Ambiental, por la reclamación interpuesta, de manera particular, por Alejandro Riquelme Ducci, contra la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que puso término al procedimiento de requerimiento de ingreso y archivó la denuncia por la presunta elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Estudio hidráulico y mecánico fluvial río de las Minas y dimensionamiento de obras de control sedimentológico Punta Arenas” que ejecuta la empresa Salfa, por mandato de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, en la cuenca del río.

En la audiencia ante el Tribunal Ambiental de Valdivia, Riquelme sostuvo que el proyecto debe ser sometido a evaluación ambiental, ya que el volumen de material ya movilizado en las obras supera los 100 mil metros cúbicos establecidos como umbral en el reglamento del Seia. Según el reclamante, la Superintendencia de Medio Ambiente acogió una interpretación de la Dirección de Obras Hidráulicas que se escapa a la normativa y que resta del total del material movilizado de las obras correspondientes a la conservación, retiro de rellenos ilegales e incorporación de material proveniente de una cantera que cuenta con Resolución de Calificación Ambiental.

De acuerdo a Alejandro Riquelme, este cálculo sería improcedente, ya que no existiría argumento legal para aquellas distinciones; y alegó que la SMA debe considerar la movilización de todo el material que impactaría en el cauce, por lo que el proyecto debe ingresar al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental.

Sin embargo, la Superintendencia de Medio Ambiente desestimó los argumentos del reclamante y señaló que su resolución se ajusta a derecho. Según el organismo fiscalizador, la normativa busca proteger el cauce natural del río de las Minas, por lo que resulta procedente descontar del cálculo final de material movilizado aquellas obras que no alterarán sus condiciones, como las obras de conservación y el retiro de rellenos ilegales.

Además la SMA sostuvo que advirtió a la Dirección de Obras Hidráulicas que el proyecto deberá ingresar evaluación de impacto ambiental si ejecuta la barrera transversal correspondiente a las obras de control sedimentológico 3 del proyecto, pues en ese caso superaría el límite de material a movilizar sin evaluación ambiental; pero explicó que la propia dirección aún no resuelve si ejecutará dicha obra.

En la audiencia también participó el Consejo de Defensa del Estado, representando al fisco de Chile en calidad de tercero coadyuvante de la SMA, oportunidad en la que aseguró que la resolución de la Superintendencia es completamente legal y destacó la relevancia que las obras cuestionadas tienen para evitar nuevos desbordes del río que afecten a la población.