Necrológicas

– Irís Marina Cárdenas Cárdenas
– Francisca Sierralta Cabrera

Regulación de plásticos y productos de un solo uso Parte II

Por La Prensa Austral Miércoles 22 de Junio del 2022

Compartir esta noticia
60
Visitas

Cabe precisar que esta normativa señala cómo operará la certificación de plásticos usados en la venta de alimentos, por cuanto el fabricante o importador de los productos deberá contar con un certificado que acredite que un elemento cumple con los requisitos exigidos por la ley. Los establecimientos deberán exhibir el certificado de forma visible al público, en su sitio electrónico y en el producto, así los plásticos certificados deberán ser fácilmente distinguibles para los consumidores. Otros productos de plástico distintos a los regulados en la ley también podrán acceder a esta certificación, en los términos que señale el reglamento que se debe dictar a este respecto. Asimismo, en cuanto a la composición de las botellas plásticas desechables que se comercialicen deberán estar compuestas por un porcentaje de plástico que haya sido recolectado y reciclado dentro del país, en las proporciones que determine el reglamento de la ley. Dicha composición deberá ser certificada según el procedimiento establecido en la ley. El porcentaje de plástico recolectado y reciclado en el país que deberán incorporar las botellas plásticas desechables será del 70% al año 2060. Asimismo, ese porcentaje no podrá ser inferior al 15% al año 2025; al 25% al año 2030; al 50% al año 2040, y al 60% al año 2050. Esos porcentajes deberán ser revisados y actualizados cada cinco años, desde la entrada en vigencia del reglamento de la ley, considerando criterios ambientales y de costo-efectividad.

Cabe destacar que todos los comercializadores de bebestibles estarán obligados a ofrecer bebestibles en botellas retornables y a recibir de los consumidores esos envases. El reglamento determinará el porcentaje de botellas de formato retornable disponibles en vitrina a la venta que deben ofrecer los supermercados para cumplir con lo dispuesto por la ley.

Por otra parte, en cuanto a la normativa que deben cumplir los pequeños productores de bebestibles, cabe señalar que los importadores de bebestibles en botellas plásticas desechables podrán no cumplir las normas sobre composición de las botellas y sobre botellas retornables. Pero sí deberán cumplir la ley sobre gestión de residuos y responsabilidad extendida del productor, que los obliga a fomentar el reciclaje. Los productores de bebestibles que sean micro, pequeñas y medianas empresas tampoco deberán cumplir con las normas sobre composición de las botellas y botellas desechables.

La entidad que otorgará los certificados es el Ministerio del Medio Ambiente. La verificación del cumplimiento de los requisitos que señale el reglamento queda a cargo de entidades técnicas, cuya acreditación, autorización y control corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente.

En cuanto a la fiscalización del cumplimiento de la ley le corresponderá a las municipalidades, pudiendo cualquier persona denunciar el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley.

Las sanciones que se establecen constituyen multas que pueden llegar a las 20 Unidades Tributarias Mensuales. Los Juzgados de Policía Local quedan a cargo de los procedimientos. Por la entrega de envases de un solo uso en las situaciones consideradas por la ley, las multas van entre 1 y 5 UTM por cada producto entregado. Se aplica la misma multa por cada botella plástica desechable que sea comercializada sin la certificación correspondiente. Los jueces de policía local deben considerar la conducta anterior del infractor y su capacidad económica para definir el monto de las multas.

Cabe destacar que esta ley se pronuncia también sobre educación ambiental, por cuanto el Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía sobre el impacto ecológico de los productos de un solo uso y la importancia de reducir su consumo, y fomentará el uso de productos reutilizables y retornables. Asimismo, el ministerio promoverá el compostaje y el desarrollo del compostaje industrial municipal, pudiendo colaborar con los municipios para el desarrollo de estas plantas en las diversas comunas del país.