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Impulsada por el senador Karim Bianchi

Ingresaron proyecto que entrega a Magallanes “Territorios Especiales”

Domingo 17 de Julio del 2022

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  • Se considera a Tierra del Fuego, Antártica y Cabo de Hornos,
    además de Chiloé, Aysén, Rapa Nui y Juan Fernández.

Crear la calificación jurídica de “Territorios Especiales”, a fin de garantizar regímenes tributarios diferenciados, políticas públicas específicas y leyes especiales, es lo que busca el proyecto ingresado esta semana para su primer trámite constitucional.

La moción corresponde a los senadores Karim Bianchi, David Sandoval y Ximena Ordenes, quienes en la presentación sostienen que “frente a la incapacidad de la ya disuelta Convención Constitucional de otorgar calificación de “Territorio Especial” a Tierra del Fuego y otros territorios que, por su naturaleza requieren de un tratamiento jurídico diferenciado, se ha abierto una discusión al respecto”.

Exponen que “lo que al parecer desconocían los ya disueltos ex convencionales constituyentes”, es que las comunas de Tierra del Fuego en particular y Magallanes, en general, están evidentemente atrasadas en materia de desarrollo, de inversión pública, de legislación diferenciada y de políticas públicas que propendan a su igual desarrollo, “por lo que resulta injustificable que no hayan sido incluidas como Territorios Especiales. Así las cosas, además de Tierra del Fuego, territorios como Cochrane, Chiloé, Cabo de Hornos, entre otros, han sido rezagados y excluidos de la discusión, lo que se traduce en una clara señal centralista por parte de organismo constituyente”.

Agregan que lo anterior lleva a la necesidad de legislar sobre esta materia de manera inmediata y no supeditar el desarrollo de estos territorios “a hechos futuros e inciertos como la aprobación o rechazo del texto constitucional el próximo 4 de septiembre de 2022”.

En el detalle, se indica que la propuesta apunta a agregar un nuevo número 26) al artículo 19 de la Constitución Política de la República, pasando el actual 26) a ser 27), del siguiente tenor: 26) “El derecho al desarrollo territorial. Es deber del Estado dar prioridad en materia de políticas públicas, inversión fiscal y leyes que fomenten el desarrollo territorial en aquellos territorios que, por sus condiciones climáticas y características geográficas, sean calificados como Territorios Especiales. La Ley podrá establecer regímenes económicos y administrativos diferenciados para los Territorios Especiales. Serán Territorios Especiales: Rapa Nui, Juan Fernández, Tierra del Fuego, Antártica, Cabo de Hornos, Chiloé y Aysén, sin perjuicio de todos aquellos territorios a los que la Ley les otorgue la calificación de Especial”.

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