Suboficial de Ejército recurre de protección tras ser desvinculado por querella en caso de villa Pudeto
Producto de la querella criminal que investiga la Fiscalía por los delitos de falsificación de instrumento privado y uso malicioso de instrumento privado, el Ejército desvinculó de sus filas a un suboficial quien acaba de presentar un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones, basado en la presunción de inocencia, ya que la causa penal está en trámite.
En la presentación da cuenta de la resolución que le hicieron llegar, “solicitando mi retiro temporal debido a haberme visto involucrado en mi calidad de presidente de organización comunitaria funcional Villa Pudeto I y II, en hechos que afectarían significativamente a aproximadamente 248 miembros de la institución, hechos que a la fecha se encuentran siendo investigados penalmente en virtud de la querella penal interpuesta”.
En esta causa el recurrente figura como presunto responsable, “en su calidad de presidente de la Cooperativa Habitacional Villa Pudeto I y II, integrada por miembros de la institución”. En tal condición “tenía el deber de fiscalizar y tramitar de manera eficiente y adecuada los estados de pago que se generan por la empresa constructora, verificando la efectividad de la realización de trabajos habitacionales conforme a carta Gantt, lo que no ocurrió generándose inconvenientes y atrasos en la entrega del conjunto habitacional para sus beneficiarios, los que no pudieron contar con los inmuebles correspondientes en tiempo y forma”.
Para el Ejército estos hechos “causan grave daño a la imagen institucional y generan conflictos internos que afectan el funcionamiento del servicio, ello por cuanto sus víctimas son cientos de funcionarios que no pudieron contar con la solución habitacional respectiva”.
Además son contrarios a los deberes constitucionales del Ejército, “e implican una desobediencia a los valores del “ethos” militar”.
Por esto deciden hacer uso de la facultad discrecional de retiro temporal”. Una medida que “proviene de la inobservancia del haz de valores militares que envuelve esta profesión”.
Afectación
“La determinación de la recurrida me ha causado un tremendo impacto. Intempestivamente se ordena mi retiro temporal sin goce de sueldo, por un tiempo indeterminado, afectando con ello mi integridad psíquica y la de mi familia, pues nos deja sin nuestra principal fuente de ingresos”, plantea el suboficial en el recurso que lleva la firma del abogado Ramón Ibáñez Alvarez.
La resolución del Ejército la estima arbitraria, falta de razonabilidad e inexistencia de los motivos que la fundamentan.
Tanto por lo que califica de “falsedad de los hechos que fundamentan su decisión” como por la existencia de procesos administrativos previos, llevados a cabo por el propio Ejército, que desestiman las propias alegaciones del recurrido”.
Apunta a que “no existe ninguna causa criminal en la cual el Consejo de Defensa del Estado o el Ejército se hayan querellado, a nombre propio, en mi contra. Aparezco en una causa como imputado sin embargo, en dicha causa, no se me ha formalizado y mucho menos condenado, por lo que me asiste la presunción de inocencia”.
La Corte de Apelaciones deberá ahora ver si acoge la orden de no innovar y paraliza el proceso administrativo, hasta que la causa se falle.