Carreras clandestinas: aumentan penas a participantes
– En Punta Arenas, este fenómeno se ha convertido en un dolor de cabeza, sobre todo para los vecinos que viven a lo largo de la Avenida Costanera, lo que ha obligado a reforzar los patrullajes y fiscalización de Carabineros.
Las carreras clandestinas son un fenómeno que hace varios años se hace cada vez más popular en nuestro país, en los diversos estratos sociales y en una gran cantidad de ciudades. Se desarrollan en diversas modalidades de acuerdo a la extensión de la carrera, por ejemplo, el denominado cuarto de milla, que se realiza por un tramo de 400 metros de distancia, y al tipo de vehículo que corre, pues compiten no sólo autómóviles, sino también motocicletas, que representan un riesgo aún mayor considerando que estas pueden alcanzar velocidades superiores a los 200 km/h.
En Punta Arenas, este fenómeno se ha convertido en un dolor de cabeza, sobre todo para los vecinos que viven a lo largo de la Costanera, lo que ha obligado a reforzar los patrullajes y fiscalización de Carabineros.
Con miras a sancionar fuertemente esta conducta, fue aprobado un proyecto de ley por la dos Cámaras del Congreso, restando solamente zanjar una discrepancia surgida en torno al artículo 197 quinquies que establecía un nuevo tipo penal y era uno de los puntos centrales de la iniciativa.
Hablamos de una modificación de la Ley de Tránsito para sancionar la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados, así como también el exceso temerario de velocidad (60 km/h por sobre los límites legales).
El proyecto busca sancionar a quienes conducen vehículos en carreras no autorizadas, así como también a quienes, concertados para su ejecución, faciliten vehículos motorizados para estos fines y a quienes organicen carreras no autorizadas, independiente de si causan o no daños materiales, lesiones o muerte.
Las multas por esta infracción pueden llegar hasta presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (3 años y 1 día a 10 años), junto con multa de 8 – 20 UTM e inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, en caso de muerte de alguna persona.
La aprobación de este proyecto constituye un avance muy importante, frente al riesgo que representan las carreras clandestinas para la vida de los conductores y la de terceras personas en el tránsito. El exceso de velocidad está presente en gran parte de los siniestros de tránsito, por eso la importancia de sancionar la organización y participación de este tipo de eventos que no tienen ningún tipo de control.