Necrológicas

Sancionarán con hasta 20 años de cárcel y multas sobre $1,2 millones por carreras clandestinas

Miércoles 5 de Octubre del 2022

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Quienes han sufrido molestias y terror producto de las carreras clandestinas podrían comenzar a soñar en un futuro mejor, luego de que ayer se publicara en el Diario Oficial la nueva ley que aumenta las sanciones contra estas prácticas antisociales y quienes sean sorprendidos transitando a más de 60 km/h del límite establecido.

De acuerdo a la nueva norma, los castigos pueden alcanzar los 1,2 millones de pesos en multa y hasta 20 años de cárcel para quienes causen daños graves, muertes u organicen apuestas en torno a este delito.

Se espera que el aumento de las sanciones disuada a quienes insisten en estas prácticas y permita a la autoridad tener mejores herramientas para perseguir estas acciones temerarias y que se han transformado en una molestia constante para miles de vecinos y, en particular, para cientos de puntarenenses.

Nueva ley contra
carreras clandestinas

El ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, informó que en Chile mueren en promedio 5 personas debido a accidentes de tránsito cada día.

En ese contexto, valoró que se haya aprobado y promulgado la nueva ley 21.495, que sanciona la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados, también llamadas carreras clandestinas.

La norma también sanciona otras conductas e introduce la “velocidad temeraria”, que consiste en manejar un vehículo a más allá de 60 kilómetros por hora, del límite establecido por la ley.

¿Qué se entiende por carrera clandestina?

Según la nueva ley, se entiende por carrera clandestina de vehículos motorizados, aquellas no autorizadas, como:

·  Las que se efectúen contra otros vehículos, contra reloj o cualquier otro dispositivo para medir el tiempo, para medir velocidades máximas o hasta llegar o pasar un punto, meta o destino determinado.

·  Competencia de destrezas, deslizamientos o derrapes.

·  Competencias de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o integridad física de terceras personas.

¿Cuáles son las sanciones de la  nueva ley de carreras clandestinas?

En ese sentido, quienes sólo participen de este tipo de actividades ilegales, o a raíz de esto, causen daños materiales o lesiones leves, serán sancionados con penas de reclusión, desde los 61 a 540 días de cárcel, o bien, una multa de dos a diez UTM (Desde $120 mil aproximadamente a casi $600 mil).

En tanto, si por esta acción provocan lesiones menos graves o graves, la pena será de 541 días a 3 años de cárcel y multa de 4 a 12 UTM (entre $238 mil y $715 mil).

Por otro lado, si las consecuencias son lesiones graves o la muerte de un tercero, la sanción puede ascender hasta los 20 años de cárcel.

Y del mismo modo, las personas que organicen carreras clandestinas, serán sancionadas con penas de presidio y multas que superan el millón de pesos con la nueva ley.

¿Qué es y cómo se castiga la “velocidad temeraria”?

La nueva ley de carreras clandestinas introduce un nuevo concepto: la velocidad temeraria.

En ese sentido, quien sobrepase en 60 km/h los límites de velocidad, será sancionado con hasta 61 días de cárcel y una multa que puede sobrepasar los $600 mil.

Igualmente, se le suspenderá la licencia de conducir por dos años, si es la primera infracción, 5 si es la segunda vez y de por vida, en una tercera oportunidad.

Esto significa que si en una vía urbana, cuya velocidad máxima es de 50 km/h se sorprende a alguien conduciendo a 110 km/h, esa persona podría sufrir penas de cárcel o multas recién mencionadas.