Chofer que atropelló y mató a turista español seguirá en prisión
Recluido en la cárcel deberá permanecer el joven conductor que el pasado 31 de diciembre protagonizó el accidente donde perdió la vida el turista español José López Santiago.
Así se resolvió ayer en la Corte de Apelaciones, tras los alegatos del recurso presentado por la defensa y que procuraba modificar la medida cautelar ordenada por el Juzgado de Garantía tras la formalización de Moisés González Gómez por los delitos de manejo de vehículo motorizado en manifiesto estado de ebriedad bajo los efectos de estupefacientes y causar la muerte de un transeúnte, con la agravante de haberse dado a la fuga y haber incurrido en quebrantamiento de sentencia. Esto último, porque meses antes había sido detenido al volante sin tener licencia de conducir.
Ayer en la Corte de Apelaciones se desarrollaron los alegatos respecto del recurso presentado por la defensa de Moisés González Gómez, que apuntó a modificar la cautelar por considerarla “una pena anticipada” y a lo no existencia de un “peligro de fuga”.
De lo primero, se recordó que aún está pendiente el resultado de los exámenes de alcoholemia y toxicológico, mientras respecto de lo segundo se refirió al arraigo familiar que el imputado tiene en Magallanes.
Tras la jornada de alegatos, el fiscal regional Eugenio Campos informó que la prisión preventiva se mantiene.
El accidente se registró cerca de las 4,20 horas, cuando González perdió el control del móvil que conducía por calle José Nogueira en dirección a calle Balmaceda, subiendo a la vereda e impactando en contra de un turista español de 69 años, quien dejó de existir en el mismo lugar producto de las graves heridas.
Tras esto, González abandonó el lugar sin prestar ayuda y no dar cuenta del hecho, entregándose horas más tarde en Carabineros.
Con la decisión de la Corte de Apelaciones, el imputado deberá permanecer privado de libertad hasta una eventual decisión del tribunal. El plazo fijado hoy es de dos meses, sin embargo, éste podría ser ampliado. Sin embargo, también existe la posibilidad de pedir durante la investigación una audiencia de revisión de modificación de medidas cautelares.
Resolución
La resolución adoptada ayer por los ministros de la Corte señala: “Atendido el mérito de los antecedentes expuestos en audiencia y teniendo presente que de su examen se concluye que en esta etapa de la investigación se encuentran suficientemente establecidos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, en especial el de la letra c), por las razones dadas por el Sr. magistrado de la causa que esta Corte comparte y no se ven alteradas por las alegaciones del apelante y visto lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, se confirma la resolución apelada dictada por el juez del Juzgado de Garantía de esta ciudad, en audiencia de uno de enero del año en curso, por la cual impuso la medida de prisión preventiva respecto del imputado Moisés Guillermo González Gómez”.