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Corte de Apelaciones declara admisible recurso de agrupaciones de vivienda pero no dio lugar a la orden de no innovar

Lunes 23 de Enero del 2023

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El viernes pasado la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de protección presentado por 11 agrupaciones de vivienda en contra del reglamento aprobado por el Consejo Regional de Magallanes. Sin embargo, el alto tribunal rechazó la orden de no innovar solicitada por los recurrentes, que demandaban la suspensión de la entrada en vigencia del controvertido reglamento.

La admisibilidad de la presentación judicial significa que el gobierno regional que lidera el doctor Jorge Flies, deberá evacuar su informe al tenor del recurso, en un plazo de 6 días. Al igual, el tribunal requiere información del Consejo Regional y a la seremía de Vivienda y Urbanismo, quienes deberán remitir todos los antecedentes que obren en su poder e incidan en la presente acción.

Las agrupaciones alegan que el nuevo reglamento les impone nuevos requisitos que la gran mayoría de sus socios no podrán cumplir y que además, no están contemplados en la Ley o el Decreto Supremo 49 que regula las postulaciones a viviendas sociales.

Los recurrentes plantean que la aprobación del Reglamento del Convenio de Programación 2021-2027 “Atención Territorial Integrada de Magallanes” del gobierno regional “se configura como un acto arbitrario al disponer requisitos distintos y más gravosos para los magallánicos que para el resto de los chilenos a quienes sólo le son aplicables los requisitos del DS N°49. Estas condiciones más lesivas constituyen una discriminación arbitraria en contra de los habitantes de Magallanes”, reclaman.

El recurso es patrocinado por el abogado Tomás de Tezanos Pinto, asesor legislativo, quien figura en una antigua publicación del Congreso, como integrante del comité Udi.