Anulan juicio que otorgó pena en libertad a conductor de accidente en que murió Milton Pérez Villarroel
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de nulidad presentado por la fiscalía y querellante en contra de la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal, que en diciembre pasado condenó a 4 años de presidio al autor del accidente de tránsito que cobró la vida del joven profesional Milton Pérez Villarroel.
Al conocerse el fallo de primera instancia, donde los jueces Guillermo Cádiz, Connie Fuentealba y José Flores le otorgaron al condenado el beneficio de la libertad vigilada intensiva, y no pena efectiva de cárcel, la contraparte, el fiscal Fernando Dobson y la querellante Natacha Oyarzún, anunciaron que recurrirían de nulidad al máximo tribunal de justicia de Punta Arenas.
Lo cumplieron y ayer se conoció el fallo, donde los ministros zanjan la controversia de si el gramaje de alcohol con el que conducía el acusado el día del accidente era para condenarlo por el delito de manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol.
Para efectos legales esto tiene mucha importancia ya que de ello depende la pena que pueda recibir una persona.
De acuerdo al fallo de la Corte, el examen científico practicado al imputado lo posiciona dentro del tipo del “manejo en estado de ebriedad, con prístina claridad”.
Por ello, “el error en la aplicación del derecho trae aparejado un perjuicio reparable sólo con la invalidación del fallo y del juicio que lo antecedió”, concluyen los ministros Caroline Turner, Inés Recart y Jaime Álvarez Astete, al ordenar la realización de un nuevo juicio oral.
Accidente fatal
Milton Pérez murió la noche del 23 de agosto de 2021. Ese día, el acusado Leandro Ojeda Cereceda, conducía a exceso de velocidad y en estado de ebriedad, según la acusación que presentó la fiscalía.
Manejaba un auto Mazda, modelo Demio, por Avenida 21 de Mayo en dirección al norte. “A raíz de su estado de ebriedad, del exceso de velocidad y de distraerse por ver su teléfono celular, perdió el control y maniobrabilidad del vehículo al ingresar a la curva existente en el lugar, traspasándose a la pista de circulación contraria, lugar, por donde a la altura del Centro Cultural de Punta Arenas, se desplazaba en dirección al sur el vehículo Volkswagen, modelo Gol, conducido por la víctima Milton Esteban Pérez Villarroel”.
A ráiz del fuerte impacto y las graves lesiones este último falleció en el lugar.
El estado de ebriedad con el que conducía el acusado Ojeda Cereceda fue determinado por el resultado de la alcoholemia que se le practicó y su respectiva proyección, el que arrojó como resultado que al momento de la ocurrencia de los hechos este mantenía a lo menos una concentración de alcohol en la sangre de 0.99 gramos de alcohol por litro.
El fiscal Dobson pedía una pena de 7 años de cárcel, pero finalmente Leandro Ojeda fue condenado a 4 años y con el beneficio de la libertad.
Fiscal conforme con el fallo
El fiscal jefe de Punta Arenas, Fernando Dobson, se mostró ayer conforme con la decisión de la Corte de Apelaciones, que recogió el parecer del Ministerio Público, “porque considerábamos que se había incurrido en un error de derecho, al no aplicarse bien la Ley de Tránsito, sobre cómo se configura el delito de manejo en estado de ebriedad. En base a la dosificación de alcohol que el conductor tenía, y en virtud de las pruebas presentadas en el juicio, pudimos demostrar que el imputado presentaba una dosificación de alcohol que conforme a la ley debe ser considerada como un delito de manejo en estado de ebriedad. Pero el tribunal, al darle una calificación distinta, incurrió en el error que ahora motiva la nulidad del juicio y la sentencia”.