Corte ratificó inocencia de carabinero acusado de apremios ilegítimos durante el “estallido social”
En un contundente fallo de 17 páginas, redactado por el ministro suplente Julio Alvarez, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de nulidad que presentó la Fiscalía y el Instituto de Derechos Humanos, en contra de una sentencia que absolvió a un funcionario de Carabineros, llevado a juicio por supuestos apremios ilegítimos, practicados respecto de un detenido, con ocasión del denominado “estallido social”.
El mes pasado, el Tribunal Oral en lo Penal absolvió a M.O.H.L., “del cargo que se le formulara en la acusación fiscal, de ser autor de un delito consumado de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
Tanto la fiscal Wendoline Acuña Aliaga, como el abogado querellante del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Pablo Chandía intentaron anular el fallo, por la vía de que se produjo “una errónea aplicación del
derecho”.
Por la defensa penal pública del funcionario de Carabineros, el abogado Jaime Obando Ruiz, instó ante los ministros por el rechazo de ambos recursos.
Para los jueces del tribunal oral no se configuró el trato cruel, inhumano o degradante, que planteaba en su acusación la Fiscalía, “en la medida que no le causó ni pretendió causarle daño alguno, ni físico ni sexual ni psíquico”, a la supuesta víctima y por eso absolvieron.
Una postura que fue compartida por la ministra María Isabel San Martín; el ministro suplente Julio Alvarez Toro y la abogada integrante Mónica Aguilar Matus, quienes en más de diez considerandos dan cuenta de la decisión adoptada.
Absolución
Según el Ministerio Público, el funcionario llevado a juicio oral habría desnudado en su calidad de vigilante de calabozo a un detenido.
Sin embargo, el tribunal entendió que la prueba rendida por el Ministerio Público no fue de la entidad suficiente para entender que se estaba en presencia de un apremio ilegítimo, “sino más bien lo que mi representado hizo fue extremar una medida de seguridad ante la desconfianza que le generó que el detenido, en primera instancia, pudo eludir la primera revisión de sus prendas realizadas por otros funcionarios de Carabineros estando casi próximo a ingresar al calabozo con un cuchillo oculto”, dijo Obando, en la defensa de su teoría que finalmente terminó
primando.
En ese contexto su representado decidió hacer un procedimiento muy minucioso para ver si portaba algún otro elemento prohibido.
“El tribunal lo entendió así y dictó veredicto absolutorio”, sostuvo el defensor.
Los hechos denunciados datan del 22 de octubre de 2019, en el contexto de las protestas por la crisis social que vivía el país. En este caso, en la Plaza Muñoz
Gamero de Punta Arenas.