Necrológicas
  • – Héctor Jorge Castillo Ortiz
Abogado Dagoberto Reinuava

Fallo confirma destitución por graves faltas a la probidad de ex jefe del Consejo de Defensa del Estado en Punta Arenas

Viernes 30 de Junio del 2023

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El 4 de octubre de 2021, el entonces presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Juan Antonio Peribonio, impuso la medida disciplinaria de destitución, del abogado procurador fiscal de Punta Arenas, Dagoberto Reinuava del Solar, por graves faltas a la probidad. La drástica sanción acaba de ser confirmada este miércoles 28 de junio por la Corte de Apelaciones de esta ciudad.

De este modo, el máximo tribunal regional, rechazó una demanda laboral por vulneración de derechos fundamentales, que interpuso el propio Reinuava, quedando de este modo a firme la destitución con la que fuera sancionado, en razón del acoso laboral ejercido, los conflictos de intereses, la ausencia reiterativa a la oficina y el desatender causas y procesos de carácter judicial a su resguardo.

Los hechos de la causa dicen relación con el sumario administrativo iniciado en 2020, a raíz de la denuncia que realizan los funcionarios del servicio en la región cuando Reinuava ejercía como abogado procurador fiscal del CDE en Punta Arenas. Este proceso duró más de dos años hasta la toma de razón de Contraloría, lapso en el que si bien estuvo apartado de sus funciones, continuó recibiendo su sueldo y en paralelo ejercía como abogado de forma particular en su empresa.

En octubre de 2021, el ex jefe de Servicio fue sancionado con la medida disciplinaria de destitución, atendido que se comprobaron 9 cargos deducidos en su contra, en el extenso sumario de más de 2.000 hojas. Inicialmente, el abogado fue investigado administrativamente por acusaciones de acoso sexual, acoso laboral, y maltrato laboral, como asimismo irregularidades administrativas, infracciones a la probidad e incumplimiento de deberes y un eventual conflicto de intereses. Empero, durante la investigación interna sólo se dieron por acreditados los cargos de ausencias reiteradas a su jornada de trabajo, sin causa justificada; incumplimiento de instrucciones superiores y tareas de comité; acoso laboral; infracciones graves al deber de probidad. Los cargos de acoso laboral y sexual iban aparejados, pero en el sumario los separaron, dando por probado sólo el acoso laboral.

Ante la sanción, el abogado demandó al Consejo de Defensa del Estado por supuesta vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, ante el Juzgado del Trabajo de Punta Arenas, solicitando su reintegro y una indemnización, adicional a sus remuneraciones por una suma de $38.400.000.

Fallo de primera instancia

En primera instancia, el juez del Trabajo de Punta Arenas, destinado, Franco Reyes Pozo, en un fallo de fecha 17 de febrero de 2023, resolvió que en el caso del demandante se había conculcado su derecho a la igualdad y libertad de trabajo, por lo que instruyó al presidente del CDE dejar sin efecto la destitución, aplicando una medida de menor intensidad, que proceda de acuerdo al mérito del sumario.

Esta decisión que contravino expresamente lo decidido por el Consejo de Defensa y la Contraloría General fue recurrida por el primer organismo, lo cual fue resuelto en un fallo de 28 de junio dictado por la ministra María San Martín Morales, la fiscal judicial (s) Paula Stange Kahler y el ministro (s) Luis Alvarez Valdés, el cual rechaza la demanda interpuesta por Reinuava, estableciendo en su fallo de reemplazo que el proceso judicial advirtió que se corroboraron “una serie de hechos que dan cuenta de situaciones que ponen en riesgo el interés público asociados a la labor que cumplía y que siguió desempeñando el actor (procurador fiscal), en su posición relativa dentro de la estructura organizacional, y considerando la información a la que tenía acceso, así como su esfera de poder, primero efectiva, y luego conforme a su calidad funcionaria, la que conservó aun cuando se encontrara suspendido de su cargo, percibiendo íntegramente sus remuneraciones y supuestamente, a la espera de su reincorporación efectiva en la institución, la que finalmente no se materializó, lesionando de esta forma la probidad administrativa con especial intensidad”. 

Desde el interior del Consejo de Defensa del Estado, se señala que de mantenerse a firme la sentencia, el ex procurador fiscal de Punta Arenas deberá restituir al CDE todas las remuneraciones indebidamente percibidas en el periodo antes aludido, cuyo cálculo, se estima, se acerca a los $200.000.000.

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