Con boleta o sin boleta
El Estado de Chile a través de sus respectivos gobiernos, sean estos, nacional o centralizado (ministerios centralizados y/o sus brazos operativos con las secretarías ministeriales o sus direcciones regionales), los recientes creados 16 gobiernos regionales con claro sentido descentralizador y de autoridades electas directamente por la ciudadanía y, los gobiernos locales, es decir, los 346 municipios del país, se vinculan con empresas del más variado abanico, para proveer servicios o materializar obras de infraestructura o “de adelanto” a través de proveedores o contratistas, que para acceder a fondos públicos tienen que recorrer un largo camino.
Lo que más conoce quien escribe esta columna, por haber desarrollado durante 30 años de vida profesional, gran parte de ella en algún servicio del Estado, es la relación o vinculación que cualquiera de las figuras que he descrito del Estado (nacional o centralizado con sus respectivas seremis o direcciones regionales, regional a través de sus gobiernos regionales o comunales) el que, impone una serie de exigencias, requisitos y efectúa llamados públicos a los potenciales proveedores para la satisfacción de las necesidades puntuales de la comunidad.
Lo anterior puede ser la necesidad de construir un hospital, Cesfam , estadio, colegio, sede comunitaria, multicancha, iluminación de una calle, caseta sanitaria, arreglo, remodelación o refacción de cualquier infraestructura pública o, la provisión de un producto de comunitaria necesidad y de obligatoriedad de entrega por parte del Estado, ya sea leche, medicamentos, o cualquier otro insumo, o la necesidad de proveer a las oficinas públicas de los materiales de trabajo necesarios para el desarrollo de las funciones de las distintas reparticiones, ya sea papel, tinta, los tan famosos computadores, impresoras, útiles de aseo, las hasta hace poco, mascarillas y un largo etcétera, etcétera.
Para ello, el Estado de Chile ha creado una “férrea arquitectura burocrática” para que en los casos de la provisión de una obra, de gran escala, como un estadio u hospital por ejemplo, o la remodelación o refacción de una sede social, de que quienes accedan a postular a ganar su condición de oferentes seleccionados, deben en primer término, tener la condición de empresa proveedora, tener las obvias iniciaciones de actividades, pertenecer a algún registro de contratistas (con largos y exigentes reglamentos), tener experiencia y capital de trabajo acreditado. Por otro lado en la gran mayoría de los casos tener dentro de su propiedad o staff a profesionales del área en que se trabaja.
Luego, el Estado a través de un llamado público (en algunos casos con publicaciones en diarios de circulación nacional y
regional) y/o a través del a estas alturas popular portal Mercado Público, anuncia los llamados a licitación, en la gran mayoría de los casos, con altísimas exigencias, contenidas en Bases Administrativas y Técnicas, que imponen condiciones de plazos, formas de pago, multas o sanciones por incumplimiento y claramente la forma de lograr la coerción a efectuar un trabajo adecuado, es la necesaria e imprescindible condición de entregar en caución y para utilización del servicio público, de boletas de garantía, pólizas de consorcios o empresas aseguradoras, a fin de dejar en manos del Estado, un documento privado mercantil de fácil cobro ante un incumplimiento acreditado por parte del contratista.
Por otro lado, la oferta tiene que ser “competitiva”, pues debe imponerse a los otros oferentes o postulantes a ganarse la ejecución de dicho trabajo. Es decir no se adjudica “sin concursos ni sorteos”, y ya veíamos que el o los oferentes, debían acreditar en muchos de los casos pertenecer a un registro de contratistas (Mop, Minvu o muchos otros más específicos). Una vez ganado o vencido en la licitación y luego de estudiar la propuesta (es decir invertido tiempo) y de dejar las respectivas garantías bancarias de “seriedad de la oferta” y de “fiel cumplimiento del contrato y buena ejecución de la obra”, debe comenzar a ejecutar la obra contratada, para lo cual cobrará recién su primer estado de pago, cuando acredite fehacientemente el avance en obra, después de lo cual el Estado en muchos casos, por diversas razones, se podrá demorar hasta 30 días en pagarle las partidas acreditadamente avanzadas. NUNCA SE LE PAGARA EL 100 POR CIENTO ANTICIPADAMENTE Y MENOS SI NO EXISTE UNA CAUCIÓN EN FAVOR DEL ESTADO.
Las dos caras de la moneda en los traspasos y pagos de recursos que el Estado de Chile tiene para con sus proveedores. “Exigencias mil” para cualquier proveedor, es decir, amplísima experiencia, historial, capital de trabajo propio o capacidad de endeudamiento, profesionalidad acreditada versus, traspasos de recursos del Estado (es decir de todos los chilenos) a sola firma, sin resguardo de entrega de boletas de garantía para asegurar se cumpla el fin para el que se traspasan los recursos, traspasándole así, a cualquier pinganilla vestido de fundación miles de millones de pesos. Gracias a Dios en la Región de Magallanes no parece haberse usado maliciosamente estos inéditos e increíbles modus operandi.




