Corte autoriza vacunación de lactante ante negación de sus progenitores
La Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección presentado por médicos del Hospital Santiago Oriente, por lo que autorizó que se administren las vacunas contra la tuberculosis y hepatitis B a una lactante a pesar de la negación de sus padres, por lo que pueden “recabar el auxilio de la fuerza pública en caso de oposición”.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por médicos del Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné Brousse. Y autorizó que se administren las vacunas contra la tuberculosis y hepatitis B a niña de 11 meses, ante la negación de sus padres.
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal estableció el actuar ilegal y arbitrario de los padres, al poner en riesgo la integridad física y de salud de su hija.
“Que es necesario tener presente que la Convención Internacional de los Derechos del Niño, en su artículo 3, declara que los Estados tienen la obligación de velar por su interés superior y el aseguramiento de la protección y cuidados que sean necesarios para su bienestar”. Lo que “se vincula con su artículo 6, el cual establece que todo niño tiene derecho a la vida y que el Estado debe garantizar, en la máxima medida posible, su supervivencia y desarrollo.
En consecuencia de ello, concluyó que “se autoriza al organismo recurrente, Hospital Doctor Luis Tisné Brousse para que proceda a la vacunación de la hija de los recurridos”. Y ordenó que podrán “recabar el auxilio de la fuerza pública en caso de oposición”. Esto sólo con “la presentación de copia de esta resolución extraída del sistema de tramitación electrónico de causas del Poder Judicial”.