Necrológicas

– Luisa Nivia Torres Cárcamo

– Isabel Margarita Herrera Herrera

– Militina Rute González

– Gustavo Iribarren Cárdenas

– Gloria Ibarra Binimelis

– Joaquín Ampuero Ampuero

Club El Pingüino busca anular en la Corte de Apelaciones castigo que lo deja un año fuera de competencia

Viernes 9 de Febrero del 2024

Compartir esta noticia
684
Visitas

El Club Deportivo El Pingüino milita en la Asociación de Fútbol 18 de Septiembre y aglutina a unas 500 personas entre jugadores, hinchas y dirigentes.

El pasado 31 de enero su presidente Milano Díaz Cárdenas, fue notificado vía correo electrónico por parte de la asociación rectora, la drástica medida disciplinaria que lo sanciona con la suspensión de un año de cualquier evento oficial, por los supuestos incidentes en que habrían incurrido con ocasión de la disputa de varios encuentros de fútbol en su serie adulta.

El castigo impuesto se encuentra establecido en el artículo 202, letra b, del Reglamento Anfa (Asociación Nacional de Fútbol Amateur), y corresponde su aplicación frente a una gravísima transgresión a la norma, tal cual lo pudo acreditar la Comisión de Etica de la Asociación de Fútbol 18 de Septiembre, presidida por Luis Cárcamo Barría, e integrada por Cristián Reyes y Juan Muñoz.

En lo primero, la Comisión de Etica acusa que el primer director de dicha institución deportiva, fue sancionado a contar del 22 de febrero de 2023 por cuatro años para participar en cualquier actividad organizada por Anfa, por falta gravísima a los estatutos, pese a lo cual cumple el rol de directivo y a la vez es el director técnico del primer equipo, lo que evidencia un “desacato total a las medidas disciplinarias aplicadas por la Asociación”.

En lo segundo, en abril de 2023 el Club El Pingüino había sido sancionado con una amonestación, por promover en las redes sociales publicaciones ofensivas y descalificadoras hacia dirigentes de la Asociación y cuerpo arbitral.

Al respecto se aportaron 9 planillas de juego, donde existen informes, ampliaciones de los mismos y denuncias, sobre conductas antideportivas tanto de dirigentes, jugadores, socios, hinchas y simpatizantes del Club, tanto dentro como fuera del campo de juego.

Frente a este hostil clima, la Agrupación Independiente de Arbitros de Punta Arenas, manifestó su negativa a arbitrar los partidos de fútbol en que participe el Club El Pingüino, hasta que no se ponga atajo a la situación generada por el sancionado director técnico, quien ha hecho caso omiso a la medida disciplinaria recaída en su contra.

El último oficio de la Asociación 18 de Septiembre a la mencionada institución, está fechado el 8 de enero de 2024, donde se reitera acatar las resoluciones adoptadas por la Comisión de Etica respecto del director técnico.

Empero, con fecha 23 de enero de este año, la Comisión de Etica propone endurecer la sanción disciplinaria al entrenador, consistente en la inhabilidad perpetua por incurrir en faltas gravísimas y graves al reglamento Anfa, ello de acuerdo a lo denunciado por un integrante de la Agrupación de Arbitros Independientes de Punta Arenas.

Estos y otros antecedentes, conllevaron a la Comisión de Etica a imponer con fecha 31 de enero a este Club la suspensión de un año de participar en cualquier torneo oficial organizado por la Asociación 18 de Septiembre, medida fundada específicamente en ser reincidente en su conducta transgresora a la reglamentación, que lo convierte en incurrir en una circunstancia “agravante”.

Judicialización
de la medida

Este martes 6 de febrero, el presidente del Club El Pingüino, Milano Díaz, interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas impugnando la medida disciplinaria, acusando que la misma “atenta contra el derecho a no ser juzgado por una comisión especial”, pues en este caso la Comisión de Etica estaba obligada a recibir los descargos que podía formular la institución deportiva frente a los cargos formulados, lo que en este caso no aconteció, citando al respecto el capítulo XII relativo a las Faltas de Disciplina, que establece en su artículo 178, en su inciso cuarto, que “una sanción disciplinaria surtirá efectos sólo cuando se hayan agotado todas las instancias a que tiene derecho el afectado para demostrar su inocencia”.

Se alega que en este caso se “sancionó a nuestro Club Deportivo por una decisión adoptada entre cuatro paredes, a puerta cerrada, sin ningún proceso previo y, sin ninguna posibilidad de defenderse, vulnerándose el principio básico de la bilateralidad de la audiencia”.

En consecuencia, se sostiene que la sanción disciplinaria tiene efectos inmediatos y causa agravios relevantes para nuestro Club, compuesto por más de 500 personas entre jugadores, hinchas y dirigentes, precisando que en sus filas tienen más de 120 jugadores distribuidos en varias categorías, que van desde los 6 años hasta jugadores adultos.

La Corte de Apelaciones deberá pronunciarse por la admisibilidad del recurso de protección, conjuntamente de la orden de no innovar solicitada, donde la institución procura seguir participando en la competencia hasta que se falle el fondo de la presentación legal.

Pin It on Pinterest

Pin It on Pinterest