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El vía crucis para obtener una resolución de calificación ambiental: hasta 851 días puede tardar obtener esta venia

Sábado 17 de Febrero del 2024

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  • Más de tres años se puede demorar un proyecto en ser aprobado por el Servicio de Evaluación del Impacto Ambiental (Seia) y otro año en obtener los más de 147 permisos ambientales y sectoriales que se requieren para comenzar a construir.

 

Marcos Sepúlveda Loyola

 

 

 

Desde 1994, todo proyecto que implique la afectación o modificación del ecosistema debe contar con un Estudio de Impacto Ambiental (Eia) o una Declaración de Impacto Ambiental (Dia) que advierta sobre los potenciales riesgos y medidas para su
mitigación.

Declaración o estudio suenan a sinónimos, pero son dos cosas diametralmente opuestas. Una Declaración de Impacto Ambiental tiene un plazo de evaluación de 60 días, no contempla participación indígena y la participación ciudadana es opcional; además se realiza cuando el proyecto no representa un riesgo para la salud, ni tiene efectos adversos sobre la calidad y cantidad de los recursos renovables, localización próxima a asentamientos humanos, alteración paisajística o arqueológica.

Si un proyecto afecta alguno de estos ítems debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental. Este se demora en ser evaluado 120 días hábiles y el mecanismo de participación ciudadana es
obligatorio.

Ambas son presentadas en el Servicio de Evaluación del Impacto Ambiental, que tiene diez días hábiles para revisar que el proyecto haya presentado todos los papeles solicitados. En caso de ser así, la entidad medioambiental declara la admisibilidad.

De ahí corre el plazo de evaluación del proyecto, en donde se pronuncian todos los servicios públicos que tengan alguna competencia en la iniciativa. Aquí intervienen las seremis de Bienes Nacionales, Vivienda, Transporte, Salud, energía;  Sernageomin, la municipalidad, Conaf, entre otras entidades. Las entidades no pueden pronunciarse sobre todos los temas del proyecto, sino sólo en los que tienen competencias, por lo cual se consideran como observaciones válidas las que respeten esta norma.

Tras esta etapa, el Seia genera el Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (Icsara). Estas son respondidas en una adenda. Los plazos para entregar esto dependen de las observaciones, por lo general suele demorar si es que la autoridad medioambiental pide nuevos estudios.

Los proyectos pueden presentar hasta dos adendas (conjunto de adiciones al final del escrito) y tiene la posibilidad de recurrir a una adenda extraordinaria en caso que sigan existiendo reparos.

Si la adenda es aprobada, el Seia entrega la Resolución de Calificación de Impacto Ambiental.

En caso de ser rechazada, la empresa puede apelar dentro del plazo de treinta días contados desde la notificación de la resolución recurrida al Consejo de Ministros. La autoridad competente resolverá, mediante resolución fundada, en un plazo fatal de treinta o sesenta días contados desde la interposición del recurso.

Si la empresa no queda conforme, puede recurrir en los Tribunales Ambientales. De lo resuelto en los recursos de reclamación mencionados anteriormente, el titular o responsable del proyecto podrá reclamar ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación de la resolución que resuelve el recurso.

Sólo 97 iniciativas
obtuvieron RCA

Al finalizar junio del año pasado, el Seia informó que 97 iniciativas obtuvieron una RCA favorable -el menor número también desde 1997-, las cuales suman US$4.015 millones, siendo este último el monto más bajo en la inversión aprobada en igual periodo desde 2007.

Permisología  

Tras obtener la RCA, los dueños del proyecto deben comenzar a solicitar los Permisos Sectoriales Ambientales (Pas). Estas son autorizaciones que entregan los distintos órganos del Estado para desarrollar una actividad en particular. Existen más de 60 permisos que van desde autorizar la construcción de un terminal portuario hasta talar un alerce.

Actividades como almacenamiento de residuos, soluciones particulares de alcantarillado, plantas de tratamiento de riles, introducción de especies de fauna silvestre, labores mineras, actividades de acuicultura, permisos para subdividir y urbanizar terrenos rurales o construcciones fuera de los límites urbanos requieren de estos permisos.

Según el informe de Calidad Regulatoria elaborado por la Comisión Nacional de Productividad de 2019, un proyecto requiere sacar 147 permisos.

En Chile, existen hasta 400 permisos los cuales se tramitan en 53 instituciones. Según el académico de la Universidad San Sebastián, Roberto Pastén, “los plazos de tramitación exceden entre 2 y 8 veces los plazos normativos”.

 

Reforma a la permisología

El 10 de enero pasado, el Presidente Gabriel Boric presentó dos propuestas para acelerar la permisología: el Proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, conocido como el “Sistema Inteligente de Permisos,” y la reforma de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, denominada “Evaluación Ambiental 2.0”.

La primera busca acelerar el proceso de obtención de permisos sectoriales, mientras que la segunda busca eliminar el Comité de Ministros y las Comisiones de Evaluación Ambiental para fortalecer el carácter técnico en la calificación de proyectos.

“Para que todos nos hagamos una idea, en promedio los tiempos totales de tramitación sectorial, si logramos aprobar este ambicioso proyecto de ley (de permisos sectoriales) se debieran reducir en más de un tercio los plazos” sostuvo Boric.

¿Cómo se pierde una RCA?

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) puede caducar una RCA en dos circunstancias: si es que la obra no se ejecuta en un plazo de cinco años desde la obtención de la resolución; o si es que en alguna fiscalización la autoridad medioambiental detecta infracciones reiteradas que no cumplen con lo establecido en la RCA.

Según Javier Ruiz Tagle en su investigación titulada “La Caducidad de la Resolución Ambiental”, cuestiona que la fiscalización queda a criterio de que considera la autoridad medioambiental como grave o reiterado y que no existe un criterio estandarizado.