Pavimentos calamitosos en Punta Arenas y… ¡Yo no fui!
Los pavimentos en la capital regional de Magallanes son una calamidad. El estado al que han llegado por el intenso uso al que son sometidos por un lado, (con una de las tasas más altas de Chile en relación, vehículos/habitantes) y por otro lado, la impericia, inacción, desidia, burocracia inconducente, malas precisiones en las multitudes de leyes que se promulgan sobre la materia y que provocan o propician “el sacarse el bulto”, falta de cariño y conciencia de la importante función pública que cumplen los incumbentes (además con sueldos cada vez más pingües), provoca el estado al que se llega por la activación de este espeso cóctel de factores.
En mis 30 años, de retornado a la región, después de haber estado cerca de una década afuera por estudios y trabajo, es en estos últimos 4 ó 5 años, el momento en que he apreciado el mayor deterioro en las carpetas de rodado de la ciudad de Punta Arenas. Al día de hoy, con un poco más de 70 mil autos, tenemos una tasa de motorización altísima (la segunda de Chile por detrás de Iquique). Estamos claros, de que el subsuelo en Punta Arenas es de muy mala calidad (pero eso ha sido siempre así y por ello, hay que hacer buenos trabajos y conservar los pavimentos a tiempo, sin perjuicio, de que algunas conservaciones y losas o tramos nuevos en algunos casos no han durado ni siquiera 4 ó 5 años). Estamos claros además que en invierno, debemos obligatoriamente esparcir sal, para mejorar la operatividad de las calles, al menos de las más estructurantes o por donde circula el mayor número de vehículos, pero eso siempre ha sido así. Punta Arenas esparce sal a través de su municipio por lo menos en los últimos 35 a 40 años.
En consecuencia una materia extremadamente compleja, que afecta a todos por igual, (afecta a quienes se transportan privada o públicamente), que genera molestias, lentitudes en el transitar (lo que tiene un costo social y económico), roturas, desperfectos, enojos, tensión, es una materia a la cual hay que darle mirada, ocupación, método, conocimiento, anticipación, coordinación interinstitucional conservación, inversión e impecabilidad en la ejecución.
Tener conciencia, que hay que lograr efectivamente, que cuando construimos un pavimento urbano (y no urbano también) tiene en primer lugar, un altísimo costo económico para todos nosotros, es decir para el erario nacional, regional y comunal. Ese pavimento se paga y lo pagamos todos de una u otra manera. Que si lo diseñado para 20 años, tiene que durar al menos 20 años y, además tendré que irlo manteniendo a tiempo, pues lo explicaré en términos dentales, sino mantengo la dentadura; al dentista llegaré sólo a las extracciones. Analogía burda o de doña Juanita dirá otro, pero trabajé en ello, por eso siento que debo explicarlo, lo más nítido posible, porque además este problema, el del estado de las carpetas de rodado o de las calles o calzadas de Punta Arenas es un desastre y lo vivo como todos, desde que salgo a mi trabajo todas las mañanas.
Pero vamos sucintamente a las asignaciones de responsabilidad y a la profusión de cuerpos normativos y leyes en esta materia, para que desaparezca el “yo no fui“ que hemos escuchado de parte de las autoridades del Serviu, Minvu, Mop, municipalidad entre otros, durante estos últimos días.
Decir que en Chile existe la Ley de Pavimentación Comunal N°8.946 desde el año 1948, que ha tenido ajustes, precisiones, derogaciones de varios de sus artículos, pero sigue vigente. La información es poder y da menos pie a que nos llenen de palabrería. Léala no es tan extensa y está en Google. Así como lo que indico más abajo.
Esta semana el alcalde de la comuna ha acertado parcialmente, respecto de las responsabilidades del Serviu esencialmente en esta materia, pero lo hizo sin contundencia. Aquí dejo lo primero para aportar. Los Servius son creados a través del DFL 1.305 del año 1976 y, esencialmente son los sucesores de las antiguas corporaciones que trabajaban como parte del Ministerio de la Vivienda y URBANISMO.
Las antiguas y gloriosas Corvi, Corhabit, Cormu y Cou entre otras, se extinguen con este decreto fuerza ley citado, en el plazo de 120 días, y todas sus funciones son asumidas a través de los Serviu (s) en cada una de las regiones del país. Sus funcionarios son traspasados y sus propiedades y conocimientos también. Veamos que dice el Decreto 323 promulgado el 5 de junio de 1968 cuando se crea la Corporación de Obras Urbanas en su artículo 2° “La Corporación de Obras Urbanas estará encargada de la proyección, del estudio, de la ejecución, de la construcción y de la explotación o conservación de las obras urbanas fiscales” (por ahí aún no tan contundente).
A su turno el Art 3° en su numeral 8) señala “estudiar, proponer, proyectar, construir, inspeccionar, renovar, conservar y administrar pavimentos de calzadas y aceras en las partes urbanas de las comunas acogidas a la Ley 8.946” (la ley que señalé al principio de la presente columna). ¿Cómo estamos?
Como dijimos y reiteramos, los Servius son los sucesores de las corporaciones mencionadas, entre las cuales claramente está la Corporación de Obras Urbanas y, durante casi 45 años el Serviu nunca soslayó esa responsabilidad que le asigna la ley.
Sin embargo, hay otros incumbentes en esta materia, que también tienen responsabilidad en el tema, pero aquí he querido mostrar esencialmente al actor principal en la temática de los pavimentos urbanos, la próxima semana ampliaremos con datos indesmentibles otras responsabilidades de los demás involucrados y lo haremos con datos duros. Así que dejen de andarse echando la culpa y pónganse a trabajar.