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Fiscal pidió fecha para formalizar a 35 personas que se inscribieron para votar en Río Verde en 2021

Lunes 19 de Agosto del 2024

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El martes 13 de agosto, el fiscal adjunto de Punta Arenas, Oliver Rammsy, solicitó fecha y hora para formalizar investigación en contra de 35 personas por delitos contemplados en la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios. El caso surge en abril de 2021, luego de una querella ingresada por la entonces alcaldesa de Río Verde, Tatiana Vásquez, quien denunció a 83 personas de haber creado una ONG para emitir su sufragio en la elección municipal de abril de ese año, sin tener vínculo objetivo. El Juzgado de Garantía deberá fijar día y hora para la audiencia.

El listado expuesto en la querella apuntaba a 83 personas que fijaron sus domicilios electorales la Ruta Y-50 Río Verde, Ruta Estancia El Salto Río Verde, Villa Ponsomby, Estancia El Salto Río Verde o Lote Sector Las Nieves Tehuelche Río Verde. Los querellados se inscribieron en el padrón de Río Verde en noviembre de 2020, en un periodo extraordinario que habilitó el Servel.

ONG “Juntos por Río Verde”

Según expone la querella, dichos implicados constituyeron una ONG denominada “Desarrollo Rescate del Patrimonio Cultural y Natural de Río Verde”, inscrita ante notario público el 11 de noviembre del 2020 por la ex candidata a alcaldesa Ljubica Drpic Ivelich, la cual puede usar también el nombre de ONG “Juntos por Río Verde”.

“En noviembre de 2020, se constituye la ONG mencionada y la señora Drpic Ivelich, actual candidata a alcaldesa por la comuna de Río Verde, como independiente y con ese fin se generó, de manera de tener un cierto piso de electores como fueron los señores Christian Gonzalo Andrade Sánchez, Daniel Isaac Panicheo Añazco y Daniel Sebastián Panicheo Coyopae, quienes son socios fundadores de la ONG”, sostiene la querella ingresada al Juzgado de Garantía de Punta Arenas en abril de 2021.

Sin embargo, la ONG habría sido utilizada igualmente por el candidato socialista Juan Antonio Chandía Barrera, quien inscribió familiares y ex colegas de Mina Invierno en los domicilios señalados. Ante esa situación, Drpic Ivelich envió una carta a la secretaría municipal el 12 de enero del 2021, solicitando retirar la ONG, se señala en el escrito judicial.

“Me he percatado que existe irregularidad e ilegalidad en la utilización de los objetivos con que fue creada la ONG (…) ha sido utilizada por un número importante de personas (80 app) como domicilio electoral, utilizando mi dirección particular sin estar autorizados para ello”, escribió Drpic en la misiva.

Silencios y ofrecimientos

El fiscal Rammsy explicó que la querella fue investigada, estableciéndose que el domicilio de las personas está en Punta Arenas, sin vínculo laboral o de otra índole con Río Verde. En ese sentido, “se logró determinar que 35 personas están en esa situación”, sostuvo Rammsy. “Logramos determinar quien fue la persona que incitó, pagó u ofreció algún servicio a las personas y eso claro que tiene que tener una sanción”, afirmó el fiscal.

La investigación no ha concluido y después de la formalización se ahondaría en las repercusiones políticas, asociándola con candidatos que habrían influido en este caso de acarreos. Por otro lado, las 35 personas que fueron confirmadas como infractoras por parte de la Fiscalía, al momento de ser interrogados, todos se acogieron a su derecho de guardar silencio. 

Una de las 35 personas que serán formalizadas por esta causa, compareció a audiencia de control de detención este domingo por una situación de flagrancia y finalizando dicha audiencia fue mencionada esta causa pendiente, a espera de la fecha específica que deberá fijar el Tribunal. Resguardando su identidad, señaló que tiene una batucada y que uno de los candidatos le habría ofrecido espacios en eventos e instancias para su agrupación.

El artículo 54 de la Ley 18.556 establece que sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales (entre $659.000 y $6.590.000 aproximadamente) quien, al declarar o actualizar domicilio electoral, proporcione datos falsos o un domicilio electoral diferente de los permitidos en el artículo 10 de la misma ley. Es decir, quien no tenga un vínculo objetivo ya sea porque no reside, estudia o se desempeña laboralmente en el lugar.

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