Necrológicas

– Jorge Antonio Guzmán Herrera

– Bríjida Bórquez Calderon

– José Esteban Prieto Sánchez

Sea declara inadmisible la tramitación de proyecto “Astillero Cabo Negro”

Jueves 9 de Enero del 2025

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Cerrando 2024 desde la Maestranza Cabo Negro SpA ingresaron al Servicio de Evaluación Ambiental (Sea) la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para su proyecto “Astillero Cabo Negro”, el cual tiene por objetivo mejorar la maestranza y varadero próximo a entrar en operaciones en el transcurso de este año a un astillero. Sin embargo, desde la Comisión de Evaluación del Sea resolvieron no acoger a trámite la DIA presentada por falta de antecedentes de parte del titular.

El proyecto en sí busca ampliar la prestación de servicios de la actual maestranza y varadero, que posibilita la atención de naves menores y artefactos navales, a la de un Astillero, que permitirá construir o reparar naves o embarcaciones y artefactos navales mayores. El foco está en ampliar la oferta de servicios utilizando la infraestructura y capacidades actualmente existentes en el lugar, localizado en el kilómetro 28 de la Ruta 9 Norte, en sector de Cabo Negro.

La inversión considerada para ampliar la maestranza a un astillero es de US$110.000, con una fecha estimada de inicio de ejecución para el 30 de abril de 2025. Contempla una mano de obra de entre 5 a 6 personas para su construcción, mientras que para la operación serían entre 10 y 14.

Vistos los documentos expuestos para el proyecto “Astillero Cabo Negro”, presentado por John Gysling Moffat en representación de Maestranza Cabo Negro SpA, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes se pronunció sobre la materia, indicando que no cumple con “los contenidos mínimos de las Declaraciones de Impacto Ambiental”.

En específico, expusieron que el titular no presentó antecedentes que acrediten que la presentación se hace por la persona facultada legalmente para ese efecto. Considerando que la escritura de constitución de la sociedad fue inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas, “se debió acompañar el certificado de vigencia de los poderes otorgados por el Conservador”.

Por otro lado, agregan que “si bien se tiene que la escritura de constitución de la sociedad fue inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas, en la inscripción realizada no se mencionan los poderes de la sociedad”. En ese sentido, el titular debió acompañar una escritura pública o documento protocolizado ante notario público mediante la cual otorga al o los representantes de la sociedad para comparecer ante autoridades administrativas, con certificado de vigencia original de fecha reciente (menos de 6 meses).

Esta resolución fue comunicada el 8 de enero y firmada por Nelly Núñez Martínez, directora (s) regional del Servicio de Evaluación Ambiental y secretaria de la Comisión de Evaluación.

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