Seis marinos en retiro procesados por secuestro y apremios ilegítimos respecto de dos expresos políticos en Magallanes
Nuevos procesamientos por violaciones a los derechos humanos tras el Golpe Militar de septiembre de 1973 en Magallanes, firmó la ministra en visita extraordinaria, Inés Recart Parra, actual presidenta de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
En los primeros días de este 2025, han subido en apelación ante el tribunal de alzada magallánico los autos de procesamientos de 20 personas, resoluciones pronunciadas respecto de cinco causas, todas las cuales se abrieron en 2019 y que tuvieron su origen en sendas querellas presentadas por expresos políticos.
Los procesados, en su mayoría personas sobre los 80 años de edad, niegan los hechos en que se fundan los encausamientos en los que arribó la ministra Recart, y sus abogados van por la revocación de los mismos.
Una de las causas se formó tras las querellas interpuestas por los expresos políticos Reinaldo Ernesto Lafuente Araya y Prefecto Merardo Fuentealba Ortega.
En ambos casos, se dictó auto de procesamiento y prisión preventiva -todos a la fecha excarcelados- respecto de los siguientes funcionarios en retiro de la Armada de Chile: Fernando Sáez Sepúlveda, Juan Montino Serrano, Ramón Fraga Jiménez, Héctor Barrientos Parra, Jorge Beytía Valenzuela y Walter Radic Prado.
Los hechos
El querellante Reinaldo Lafuente, de profesión topógrafo, fue detenido a los 38 años de edad, el 6 de octubre de 1973 a las 3 de la madrugada, en su domicilio, por miembros de las Fuerzas Armadas, quienes con posterioridad, de acuerdo a su denuncia, lo sometieron a diversas torturas y vejámenes, siendo trasladado por distintos inmuebles de la ciudad, para posteriormente terminar recluido en el campo de prisiones políticos en isla Dawson.
Según su declaración prestada en la causa, estando detenido en el Destacamento Cochrane, sector Río de los Ciervos, lo desnudaron y golpearon en todas partes de su cuerpo, siendo sometido a diversas torturas, entre las que se incluían el ser perseguido por perros que lo mordían, lanzarlo sobre los arbustos de calafate y golpes y crueles agresiones en sus genitales.
Diez días después fue llevado a la Fiscalía Naval, que funcionaba en Avenida Colón 636, que correspondía al “Palacio de la Risa” en Punta Arenas, con la vista vendada, donde le hicieron bajar una escalera a una especie de subterráneo, donde también lo golpearon y aplicaron corriente eléctrica en la sien y testículos mientras se encontraba amarrado en una especie de parrilla eléctrica.
Una noche de noviembre, en la madrugada, lo subieron a un camión rumbo al muelle para abordar una barcaza con destino a isla Dawson, donde le correspondió integrar la barraca “Alpha”.
En Dawson permaneció hasta marzo de 1974, cuando fue devuelto a Punta Arenas para enfrentar un Tribunal Militar, específicamente el 25-73 TG, que lo condenó a 180 días de prisión, lo que debió cumplir hasta el 26 de julio de 1974 en la misma isla.
En relación al expreso político Prefecto Fuentealba Ortega, era el encargado del taller de vehículos de la Corporación de Magallanes (Cormag). La mayoría de los funcionarios de dicha sección era socialista.
Su hijo, en ese entonces tenía 15 años, declarando que el 11 de septiembre de 1973 llegó a su casa un fuerte contingente de uniformados armados con fusiles. Desde la ventana observó cómo los funcionarios se llevaban a su padre entre golpes.
También permaneció privado de libertad en el Destacamento Cochrane y en la isla Dawson, siendo sometido a enjuiciamiento por un Tribunal Militar, que lo condenó a la pena de 1 año como autor de tenencia ilegal de un arma de fuego, en la misma causa Rol 25-73 TG.
Fuentealba Ortega se exilió en la ciudad de Río Gallegos, Argentina, donde falleció el 11 de noviembre de 2004.
Fiscal naval
instructor de la época
El fiscal naval instructor de la causa 25-73 TG fue el entonces capitán de corbeta Jorge Beytía Valenzuela, de la Armada de Chile. Asimismo, entre los antecedentes que constan de aquel proceso, uno de los miembros del Consejo de Guerra que firmó las sentencias recaídas en contra de ambas víctimas, fue Walter Radic Prado.
De acuerdo a la resolución de fecha 6 de diciembre de 2024, firmada por la ministra Inés Recart, “en concepto de este tribunal, los hechos descritos son constitutivos de los delitos de secuestro calificado y tortura, además constituyen delitos de lesa humanidad, toda vez que fueron producto de un ataque generalizado y sistematizado de las Fuerzas Armadas organizadas y de civiles partidarios del régimen militar, que se dirigió en contra de la población, orientado básicamente a causar miedo y exterminar a quienes tenían un pensamiento acorde al legítimo gobierno vigente de la época y a quienes mantenían algún tipo de militancia política y amedrentar a la ciudadanía, ataque que causaron graves consecuencias en la población”.
Fundado en tales argumentos, la ministra en visita estimó que “los antecedentes constituyen indicios suficientes de la participación de Fernando Sáez Sepúlveda, Juan Montino Serrano, Ramón Fraga Jiménez y Héctor Barrientos Parra”, en el delito de secuestro calificado de ambos querellantes, por haber tenido participación directa en la aprehensión de los mismos y su entrega a los servicios de inteligencia, constando la permanencia de privación de libertad de las víctimas por más de 90 días”.
Igualmente, según la resolución, se “comprueba la existencia de antecedentes suficientes para establecer la participación culpable de Jorge Beytía Valenzuela, como autor del delito de secuestro calificado por ayudar a mantener la privación de libertad de que eran objeto los querellantes, y de igual forma, del delito de apremios ilegítimos respecto de Reinaldo Lafuente y Prefecto Fuentealba, toda vez que en su calidad de fiscal militar los sometió a interrogatorios, dirigió los mismos, teniendo facultad de decisión sobre las vejaciones sufridas por las víctima”.
De igual manera, añade lo resuelto, “le corresponde participación en calidad de autor a Walter Radic Prado, por haber formado parte del Consejo de Guerra que juzgó a los querellantes, una vez que el fiscal Beytía formuló la acusación, imponiendo penas privativas de libertad, avalando la prueba rendida obtenida mediante tortura y la privación de libertad a la que habían sido sometidos los querellantes”.
“Tanto Beytía como Radic, tenían cargos de oficiales, que les permitía dar instrucciones y por lo mismo don de mando, pudiendo influir directamente en la mantención de la privación de libertad y la ejecución de los apremios ilegítimos, por lo que tenían el dominio de la acción de ambos delitos”, refuerza la resolución.
En consecuencia, la ministra sometió a proceso y a prisión a Fernando Sáez, Juan Montino, Ramón Fraga y Héctor Barrientos como autores del delito de secuestro calificado, y a Beytía y Radic como coautores de delitos de secuestro calificado y apremios ilegítimos.
Declaración de Walter Radic
En la declaración judicial que Walter Radic, de actuales 91 años, prestó en la presente causa, admite que participó en cuatro o cinco Consejos de Guerra como auditor, en que se juzgaba a personas, hombres, que habían cometido delitos establecidos en el Código Penal o el Código de Justicia Militar. Esto fue entre los años 1973 y 1974. Recuerda que lo nombraron seremi de Justicia, más o menos en 1975 o 1976, donde había personas condenadas por los Consejos de Guerra cumpliendo penas privativas de libertad en la cárcel de Punta Arenas. El las visitaba los sábados junto al obispo Alejandro Goic. En ese periodo se encontró con dos mujeres jóvenes que estaban condenadas en otro Consejo de Guerra donde él no participó. Señala que trató de ayudarlas a conseguir su libertad. La abogada de estas mujeres, Laura Soto, comenta en su libro que Walter Radic le consiguió el indulto a una de ellas y a la otra rebaja de la pena.
De los actuales tres ministros titulares de la Corte de Apelaciones, dos de ellos, Inés Recart y Marcos Kusanovic, se inhabilitaron para conocer los recursos de apelación, por lo que no se descarta que la causa deba ser conocida por la Corte de Puerto Montt.
Procesado por cuatro
detenciones en Porvenir
La ministra Recart sometió a proceso a Luis Mercado Galleguillos, por el delito de secuestro calificado acaecido el 11 de septiembre de 1973, en perjuicio de Jorge Maldonado Cárdenas, Juan Torres Toro, Rosa María Valderrama y Nancy Aguila Barría. En esta causa Mercado Galleguillos obtuvo su libertad provisional decretada el pasado mes de abril, bajo fianza de 500 mil pesos.
Los enapinos detenidos en Cullen y que terminaron siendo sometidos a tormentos
Otra de las causas de violaciones a los DD.HH. donde se dictó procesamiento, fue la relativa a la querella criminal entablada por Amador Millalonco Ruiz, Alberto Gallardo Alarcón y Juan Belarmino Saldivia Alvarez, todos funcionarios de Enap al momento de estallar el Golpe de Estado en septiembre de 1973 y que prestaban labores en el campamento Cullen, en Tierra del Fuego.
Este proceso figura caratulado como “detención ilegal, secuestro calificado y aplicación de tormentos”.
La ministra Inés Recart sometió a proceso a Luis Hernán Mercado Galleguillos, José Rafael Aguirre Aguirre y Eduardo Rafael Mancilla, todos oficiales retirados del Ejército, quienes prestaron funciones en la ciudad de Porvenir.
En el caso del detenido Saldivia Alvarez, fue sometido a un falso fusilamiento, luego de 12 días detenidos en Cullen. En una ocasión lo llevaron al costado del río Side, lugar en que según una resolución militar debía ser fusilado. Una vez formado el pelotón de fusileros, finalmente no se dio la orden de disparar, porque según el oficial a cargo, habían recibido una contraorden.
Exfiscal militar y dos mujeres sometidos a proceso
En la causa donde figura como querellante el expreso político José Figueroa Jiménez, funcionario del BancoEstado, denunciante de secuestro y apremios ilegítimos, entre el 23 de noviembre de 1973 y 2 de julio de 1974, fue sometido a proceso el abogado Juan Toro Reyes, quien a la fecha de los hechos era fiscal militar y por ende tuvo participación ante el Consejo de Guerra que sentenció a Figueroa Jiménez a la pena de 541 días de cárcel. Junto a Toro Reyes, fueron procesados Luz Valenzuela Villarroel y Maritza Salazar Bitsch, en calidad de cómplices del delito de secuestro calificado. Salazar Bitsch es sindicada de haber cooperado en la ejecución del delito, cuya padre en ese entonces era gerente del BancoEstado en Punta Arenas. Ambas mujeres han negado su participación en los hechos.
Otros siete procesados
En apelación también subieron a la Corte los procesamientos dictados por la misma ministra Recart en contra de Antonia Ruiz Fuchslocher, María Inés Dieus Bórquez, Otto Trujillo Miranda, Mario Casas Barril, Jorge Beytía Valenzuela, Gerardo Alvarez Rodríguez y Mario Zamora Flores. Las querellas por detención ilegal, secuestro, aplicación de tormentos y abusos deshonestos, fueron presentadas por la familia Zanzi, Jeannette Antonín, Emilia Díaz Mancilla, Vilma Mansilla Revens, Rosa María Lizama, Norma Aqueveque Cárdenas, Ema Osorio Perich, Flor Millacari, Gloria Muñoz, Haydeé Alvarado, Laura Eyzaguirre y Erna Aqueveque.