En $9 mil 247 millones están avaluados fiscalmente los terrenos del Club Hípico
“Nosotros antes de irnos vamos a dejar 20 hectáreas a disposición de Punta Arenas”, fueron las palabras dichas por el seremi de Gobierno, Andro Mimica, en entrevista con El Magallanes sobre el inicio de la expropiación de los terrenos del ex Club Hípico de la capital regional. Las declaraciones del vocero gubernamental desataron una polémica con la Sociedad Inmobiliaria Otway, controladora del 80% de las acciones del exrecinto hípico. El presidente de este grupo, Iván Nikovic, denunció que aún están a la espera de que el gobierno entregue el precio de la tasación para que ellos evalúen si aceptan el monto o si, en caso contrario, recurren a la justicia.
La expropiación de este terreno es algo que se maneja bajo siete llaves al interior del gobierno, desde que el Presidente Boric realizara el anuncio el año pasado. Entre las autoridades regionales ministeriales se han pisado la cola en torno a cómo y cuándo se concretaría la enajenación. Mimica descartó hablar de números. Voxpopuli se habla que el Estado pagará dos unidades de fomento por metro cuadrado.
El único dato que puede acercar a un precio mínimo por el cual se podría adquirir este terreno emplazado en el corazón de la ciudad es el avaluó fiscal realizado por el Servicio de Impuestos Internos. La propiedad está avaluada en $9 mil 247 millones.
El avalúo fiscal v/s el comercial
El avalúo fiscal es una valoración oficial de una propiedad que tiene como finalidad establecer la base imponible sobre la cual se calculan las contribuciones. Esto se actualiza periódicamente y toma en cuenta factores estructurales de la propiedad, cambios en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y otros elementos que puedan influir en el valor catastral del inmueble.
Mientras que el avalúo comercial es una estimación del valor de mercado que considera una amplia variedad de factores, como la ubicación, condiciones del inmueble, infraestructura circundante, y la oferta y demanda en el mercado inmobiliario.
Generalmente, el avalúo comercial es mayor al fiscal, por lo cual los $9 mil 247 millones podría ser el monto mínimo para pagar por el Estado a los dueños del Club Hípico.
¿Quiénes son los dueños?
Según la Comisión para el Mercado Financiero, un 80% de las acciones del Club Hípico son controladas por la Sociedad Inmobiliaria Otway constituida por varias empresas magallánicas, entre las que se destacan: Empresas Nandwani, Sánchez y Sánchez, TV Red, Corcoran, Sociedad Comercial Jacob – Abugosch, Comercial e Inversionistas Crosur, entre otros.
El 20% restante se disemina en decenas de accionistas minoritarios. De éstos, los que tienen mayor porcentaje son Empresas Cabo de Horno (1,81%), la familia del fallecido Juan Carlos Cavada Covacevich (0,31%), Raferza spa (0,71%), los familiares de la difunta Eugenia Beatriz Fernández Solo de Zaldívar (0,28%), Asogama con 0,47% y René Nicolás Milecivic Marusic (0,35%).
Decreto de expropiación
El 14 de mayo del año pasado, la Mesa Regional de Gestión de Suelos de Magallanes acordó iniciar el proceso de adquisición de los terrenos del ex Club Hípico.
El 6 de julio del año pasado, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Nº27 Exento, es decir, sin toma de razón de la Contraloría, que aprueba el programa de expropiación de 203.700 metros cuadrados para el proyecto denominado “Construcción de viviendas con equipamientos y áreas verdes de esparcimiento y recreación”.
Dicho Decreto fue firmado por Carlos Montes, ministro del ramo, y por Carlos Araya, subsecretario (S) de ese ministerio.
Entre los elementos tenidos en cuenta para emitir tal decreto estuvieron la normativa vigente respecto de los procesos de enajenación que puede realizar el Minvu, oficios ordinarios de la seremi de Vivienda en Magallanes, el oficio reservado Nº343 (de mayo de 2024) de la misma seremía, la ficha de evaluaciones de terrenos de tal secretaría, el acta Nº6 de la Mesa Regional de Gestión de Suelos de Magallanes y el plano de expropiación del lote Club Hípico, rol de avalúo 3008-01.
En el considerando 5 de tal decreto se indica: “Una característica importante a considerar, es que el lote a expropiar tiene una ubicación privilegiada en la ciudad de Punta Arenas, en torno a barrios que se desarrollan alrededor de ejes de transporte, condiciones que se estiman como óptimas para dar solución a distintas necesidades tanto urbanas como habitacionales de la ciudad en los próximos años, ya que, enfrentará una transformación industrial importante, a partir de la promoción de la industria de hidrógeno verde, requiriendo así, más plazas de vivienda y equipamiento necesarias en la referida ciudad”.