Cabos mujeres del Caupolicán recurren de protección a la Corte de Apelaciones
Con recurso de protección recurrieron ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas dos cabos del Ejército que se desempeñaban hasta el año pasado en la Enfermería del Destacamento Caupolicán de Porvenir, las cuales habían denunciado a un suboficial de la misma unidad por acoso laboral durante el desempeño de sus trabajos. A raíz del presunto acoso, ambas presentaban “características de desafección con el resto del equipo de trabajo de la enfermería militar, por cuanto demuestran actitudes de disconformidad con las tareas que ejercen y desapego con el resto de sus pares”, dijo el informe del comandante de la Macrozona de Salud Punta Arenas del Ejército.
Pese a ello, a los antecedentes aportados por las denunciantes, las declaraciones de testigos y la del denunciado, suboficial Ivor Sanhueza Sanhueza, la comandancia sanitaria informó que “el fiscal no percibe, en los hechos objeto de esta investigación, ‘la intencionalidad de causar daño’ en el ámbito personal, elemento requerido para la calificación de acoso laboral, lo que se complementa a la carencia de perjuicios de las suboficiales denunciantes”, reza el escrito.
Por lo anterior, las cabos Muriel Matamala y Paula Velásquez -que hoy residen en Punta Arenas- solicitaron al comandante de la División de Personal su cambio de destinación a la Guarnición de Concepción, resaltando que por un lado, los intervinientes en el proceso deben ser separados mientras se esclarece una denuncia por acoso laboral, solicitud que habría superado el plazo legal sin tener respuesta. Por otro, por las medidas de resguardo y porque ambas tienen arraigo familiar en la ciudad penquista.
Las cabos Matamala y Velásquez hoy hacen uso de licencia médica y recurren de protección ante la Corte en contra de la División de Personal del Ejército, representado por el Consejo de Defensa del Estado, “en atención a que el comandante de dicha alta repartición castrense incumple el principio conclusivo, y no resuelve una solicitud de destinación, a pesar de que el plazo para resolver ha sido sobrepasado, infringiendo el derecho de igualdad ante la ley”.
lec foto REGIMIENTO CAUPOLICÁN 06