Necrológicas
  • – Héctor Jorge Castillo Ortiz
Recurrió de protección

Caso licencias médicas: extrabajador de Enap acusa que fue desvinculado por whatsapp y aboga por su reincorporación

Lunes 23 de Junio del 2025

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Uno de los 26 trabajadores desvinculado de Enap Magallanes por el escándalo de las licencias médicas, acusó que la drástica medida le fue comunicada por whatsapp, por lo que a través de la vía judicial aboga por su reincorporación.

El trabajador V.Z.G. recurrió de protección ante la Corte de Apelaciones en contra del gerente de Enap Magallanes, Rodrigo Bustamante Villegas.

En lo concreto, este exempleado con 10 años en la petrolera, solicita que en su caso se restablezca el imperio del derecho, ordenando a Enap Magallanes dejar sin efecto la medida de desvinculación, por amenazar y/o conculcar los derechos garantizados en la Constitución de la República de Chile.

Garantías constitucionales vulneradas

De acuerdo a la presentación judicial, los hechos denunciados dan cuenta de la inexistencia de un procedimiento previo, legalmente tramitado, en el que se haya investigado conforme al Reglamento Interno de la Empresa, la efectividad de la situación que se le imputa al trabajador de manera pública. 

“No se le ha otorgado un plazo razonable para formular descargos, no se le ha permitido acreditar que no se encuentra ante ninguna de las conductas que se sancionan en el comunicado interno efectuado por la empresa y aparentemente, (ni siquiera le es posible tener esa certeza), habría sido desvinculado a través de una comunicación efectuada mediante la aplicación whatsapp, por un trabajador que si bien tiene el carácter de ‘Gerente’ no es su superior jerárquico”, advierte el recurso patrocinado por el abogado Gonzalo Aranda.

“Tampoco existen indicios de instancias de revisión de la decisión que supuestamente habría sido adoptada por el Comité de Etica, como por ejemplo, el derecho al recurso que a toda persona sometida a un proceso sancionatorio se le debe reconocer, resultando evidente que la medida de desvinculación que aparentemente se le aplicó fue determinada por el denominado Comité en carácter de comisión especial, explícitamente repelida por nuestro Texto Constitucional, con infracción a lo dispuesto en el inciso quinto del numeral 3 del artículo 19 de la Constitución Política, vulnerándose, además, la garantía a la integridad psíquica, prevista en el numeral 1 de dicho precepto”, refuerza la presentación.

Por último, agrega que, atendida “la gravedad de la sanción que aparentemente se impuso al recurrente, era absolutamente necesario fundamentar y justificar suficientemente el ejercicio de la facultad disciplinaria del empleador, conforme la reglamentación interna, que establece un procedimiento especial, lo que permite distinguir entre un acto revestido de razonabilidad y proporcionalidad, de uno producto del mero capricho o voluntariedad, o aplicado para el sólo efecto de cumplir con estándares exigidos por la opinión pública y que, sin embargo, se encuentran exentos de la valoración que debe efectuarse a cada caso, según sus propias circunstancias”.

Este jueves 19 de junio, la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso y otorgó un plazo de 6 días a la gerencia de Enap Magallanes para evacuar su informe al tenor de la presentación legal.

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