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“El principio de separación de poderes en jaque: el caso de la ketamina y la justicia militar”

Por Alejandro Kusanovic Domingo 13 de Julio del 2025

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Ha pasado una semana desde que un funcionario de la Fuerza Aérea de Chile fuera descubierto subiendo una maleta con dos botellas y cuatro paquetes de ketamina a un avión Boeing 737 de la institución en la Base Aérea “Los Cóndores” de Iquique, con destino a Santiago. Más allá del hecho delictivo en sí, de los consensos y las medidas urgentes que deben adoptarse para proteger nuestras instituciones del crimen organizado y el narcotráfico -por muy aislados y poco frecuentes que sean estos casos-, lo ocurrido posteriormente también debe preocuparnos, pues podríamos estar socavando principios y reglas fundamentales de nuestro Estado de Derecho que sustentan la convivencia democrática.

Consideraciones previas:
la competencia de la
Fiscalía de Aviación

Para entender la dimensión del problema, es clave analizar cómo opera, según nuestras leyes vigentes, la competencia de la Fiscalía de Aviación. Esta institución tiene el rol de investigar y perseguir delitos y faltas relacionados con la aeronáutica, tanto en el ámbito civil como militar, conforme al Código Aeronáutico y otras leyes especiales.

La Fiscalía de Aviación es un Tribunal Especial del Poder Judicial (art. 5 del Código Orgánico de Tribunales). Como tal, sus fiscales tienen la calidad de jueces, razón por la cual reciben el tratamiento de “Usía” (abreviatura de Vuestra Señoría). Este fiscal de Aviación, aunque es un militar en servicio activo, ejerce funciones judiciales, no militares. Depende jerárquicamente del Juez de Aviación -también militar, pero con independencia funcional- y, en última instancia, de la Corte Marcial, integrada por dos ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, los Auditores Generales de la Fuerza Aérea y Carabineros, y un Coronel de Justicia del Ejército en servicio activo.

La Corte Marcial actúa como instancia de apelación contra las resoluciones de los Juzgados de Aviación, y la Corte Suprema, como máximo tribunal del país, ejerce superintendencia sobre todas las jurisdicciones, incluidas las militares. Por lo tanto, desde una perspectiva estrictamente judicial, los Fiscales de Aviación no dependen del mando castrense, sino del Poder Judicial.

La polémica: ¿Injerencia
del Ejecutivo en la
justicia militar?

En este marco legal, el Comandante en Jefe de la Fach, Hugo Rodríguez, no se equivocó -ni se “enredó”, como intentó sugerir el Gobierno- cuando afirmó, luego de asistir a la Comisión de Defensa: “El Presidente en esto respecto de dar una indicación, o no, porque esto tiene que ver con los tribunales de Justicia. Claro, es superior jerárquico, pero yo como superior de la Fuerza Aérea tampoco tengo relación con la Fiscalía de Aviación, sino que es el Poder Judicial”. Esta declaración fue en respuesta a la instrucción presidencial de facilitar la entrega de antecedentes del caso.

Sin embargo, tras una serie de declaraciones contradictorias que terminaron por enredar a los ministros Cordero y Delpiano, el Gobierno anunció  -de manera unilateral- transferir el caso a la fiscalia pública, dando por cerrando el debate sobre la competencia. Esto, pese a que ya estaba programada una audiencia para el 18 de julio en el Juzgado de Iquique, donde se resolvería si el caso correspondía a la justicia militar o al Ministerio Público, con una eventual instancia recurrir ante la Corte de Apelaciones, según lo resuelto.

Graves implicancias
constitucionales

Esta decisión, no solo es cuestionable, sino que podría generar responsabilidades políticas mediante una Acusación Constitucional, al vulnerar el Estado de Derecho. Las autoridades de Gobierno se atribuyeron facultades que no les competen, ignorando el principio de separación de poderes consagrado en la Constitución. Además artículo 7º de la Carta Fundamental establece claramente que: “Los órganos del Estado deben actuar dentro de su competencia y en la forma que prescribe la ley”, añadiendo que “ninguna magistratura puede atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes”.

Entonces, lo que explicaria verdaderamete el apuró del Gobierno por cerrar el debate de la competencia es desviar la atención del verdadero problema que provocó: una injerencia inadmisible del Poder Ejecutivo en la autonomía de la justicia militar. Esto, porque las contiendas de competencia deben ser resueltas  en los tribunales de justicia y no a través de las vocerías del Gobierno.

Falta de coordinación
entre instituciones

Es lamentable que el Ministerio Público y la Fiscalía de Aviación no logren coordinarse, pese a que la ley sí lo permite. La situación es aún más preocupante si consideramos que los fiscales militares tienen mayores atribuciones, al actuar simultáneamente como investigadores y jueces, lo que les permitiría agilizar procesos y aplicar sanciones más severas cuando así corresponda. 

Es imperativo que las instituciones, especialmente las políticas, dejen atrás resentimientos añejos e intereses personales que obstaculizan su colaboración y objetividad. Solo mediante un trabajo conjunto y desprovisto de egoísmos podrán servir eficazmente a la justicia y al país. 

Chile merece que sus instituciones prioricen el interés público por sobre diferencias ideologicas  o disputas internas. Ha llegado la hora de superar divisiones infructuosas y centrarnos en lo que realmente importa al interés nacional: una justicia más eficiente y transparente.

Es útil concluir con una cita de Cicerón que dice: “El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria a un líder que pretende hacerse superior a las leyes”.

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