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Consejo de Monumentos detecta riesgos patrimoniales críticos en proyecto H2 Magallanes

Jueves 7 de Agosto del 2025

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Lucas Ulloa Intveen

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El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) emitió un extenso informe técnico con 32 páginas de observaciones al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto H2 Magallanes, apuntando a importantes falencias y riesgos patrimoniales. Uno de los principales argumentos es la consideración de “impacto no significativo” sobre el Monumento Histórico Faro Posesión y el Cementerio de Posesión, ambos protegidos por ley. Las observaciones, dirigidas al Servicio de Evaluación Ambiental, identifican riesgos críticos que podrían devenir en ajustes que impacten el diseño, costos y cronograma del proyecto.

El documento expone una serie de reparos vinculados a la protección del patrimonio arqueológico, paleontológico, subacuático y monumental presente en el área del proyecto.

Dentro de las primeras observaciones que se identifican respecto del parque eólico y la instalación de 616 aerogeneradores, solicitan informar las profundidades máximas de las fundaciones de las torres, a modo de indicar la técnica constructiva y cómo se realiará la instalación.

Faro y Cementerio Posesión

No obstante, uno de los puntos más sensibles tiene relación con el componente de Monumentos Históricos. El CMN apunta a que no se presentan líneas de base que aborden los monumentos Faro Posesión y Cementerio de Posesión, destacando sus valores históricos, arquitectónicos y paisajísticos.

El organismo advierte que los aerogeneradores más cercanos podrían ubicarse a 500 y 630 metros de estos monumentos, cuyas estructuras alcanzarán más de 190 metros de altura considerando el largo de las aspas. El Consejo de Monumentos plantea que el contraste en escala respecto del faro, cuya torre alcanza sólo 11 metros, podría alterar su rol como hito paisajístico del sector Bahía Posesión, además de punto de referencia visual para la navegación marítima por el estrecho de Magallanes.

Solicitan antecedentes respectivos del Permiso Ambiental Sectorial (Pas) 131, norma para intervención en Monumentos Históricos, y “reevaluar el impacto determinado como No Significativo por el titular”. En ese contexto, se indica que, “una vez remitidos los antecedentes y dependiendo del resultado de la evaluación de los impactos, en caso de concluir que son significativos, se deberá evaluar medidas de mitigaciones y compensaciones”.

Entre las medidas sugeridas plantean la “conservación o restauración del MH Faro Posesión; establecer una zona buffer para los MH, la cual no es considerada por el titular; o modificar el emplazamiento de los aerogeneradores y caminos más cercanos”.

El informe también reprocha la ausencia de una línea de base visual y paisajística, ya que el estudio no contempla imágenes desde ni hacia los monumentos, ni desde el mar, lo que impide dimensionar adecuadamente el impacto que las aspas y sus movimientos podrían generar sobre el entorno histórico.

Asimismo, se advierte que la iluminación de seguridad de los aerogeneradores podría interferir visualmente con el Faro Posesión, afectando su función como señal lumínica de orientación marítima, lo cual deberá ser reevaluado por el titular del proyecto.

Vapor Olympian

Los restos del vapor Olympian, que en 1906 fue lanzado hacia la costa por un temporal y al que posteriormente se intentó inútilmente desvarar, también fueron considerados por el Consejo al cumplir con las características de Patrimonio Cultural Subacuático como Monumento Histórico. Teniendo en cuenta que el titular indicó que existe un impacto no significativo sobre el mismo, solicitó la elaboración de reportes mensuales asociado a vibraciones por aumento del tránsito vehicular, esto con el objetivo “de mantener un seguimiento del estado de conservación del pecio y asegurar su no afectación”.

Por otro lado, indican que “debido a su adaptación físico-química con el entorno después de más de 100 años y la fragilidad de sus restos, se recomienda la preservación en su ambiente original (in situ)”. En ese sentido, indican que es necesario contar con “un registro constante de su estado de conservación y cualquier alteración que pueda ocurrir en el transcurso de la construcción del proyecto H2 Magallanes”.

Santuario Bahía Lomas

Respecto a la cercanía del proyecto con el Santuario de la Naturaleza Bahía Lomas, se solicitan evaluar posibles impactos producto de la operación en distintos aspectos. En primer lugar sostienen que a partir de la operación del terminal portuario, “se debe ponderar si el aumento en el tránsito de embarcaciones por el estrecho de Magallanes puede generar afectación en el ecosistema marino por la liberación de salmuera, fuga de hidrocarburos u otros agentes químicos contaminantes hacia el mar”.

Informan que uno de los objetos de conservación de Bahía Lomas es la avifauna migratoria que se distribuye por la bahía. En esa línea, indican que “se debe evaluar el posible impacto producto de la operación del parque eólico”. En específico solicitan al titular “evaluar si los aerogeneradores y la iluminación artificial de las instalaciones del proyecto en su etapa de operación, pueden afectar a las aves migratorias, su ecología y las rutas que utilizan para migrar al Santuario (la ruta del Pacífico, la del Atlántico y la Mid-continental)”.

Esta observación emana por la altura proyectada de los aerogeneradores, que “puede interceptar rutas migratorias de las aves que se mueven hacia Bahía Lomas, aumentando el riesgo de colisión de especies en peligro de conservación”.

En relación con la evaluación del impacto, solicitan ampliar el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Ambientales, para considerar los efectos y apoyar en contener “en el caso que una embarcación vinculada con la operación o uso del terminal portuario de importación y exportación presente una fuga de hidrocarburos u otros agentes químicos contaminantes hacia el mar, en áreas cercanas al SN Bahías Lomas”.

Monumentos arqueológicos

El titular solicitó el PAS 132, referente a intervenciones en sitios arqueológicos, informando que resultado de las inspecciones visuales fueron detectados un total de 217 monumentos arqueológicos, de las cuales 84 corresponden a hallazgos aislados, 131 a sitios arqueológicos y 2 a rasgos lineales. El Consejo indica que sólo podrá dar conformidad a los antecedentes una vez se subsanen las observaciones emitidas en el documento.

Proponen la ampliación de la línea base mediante una caracterización arqueológica a través de la excavación de pozos de sondeo a todos los monumentos arqueológicos ubicados a 15 metros o menos de las obras. Esto sería una etapa previa para determinar medidas posteriores.

El Consejo hace ver que el área de emplazamiento del proyecto corresponde a una zona de alta sensibildiad arqueológica, debido a su cercanía a sitios de gran relevancia como Cueva Fell y Pali Aike, “cuyos depósitos estratigráficos contienen una larga secuencia de ocupaciones humanas desde fines del Plestoceno y con una ocupación que data de 11 mil años asociados a fauna extinta”.

En la misma línea, plantean que en el sector costero existen antecedentes arqueológicos “de extensos conchales arqueológicos con potencial estratigráfico y considerable extensión horizontal, considerados dentro de los antecedentes de la Línea de Base, por lo que resulta necesario que toda intervención en el área cuente con su estudio arqueológico previo”.

Por otro lado, respecto del componente paleontológico, este fue clasificado como No Significativo. No obstante, en vista de que el área a intervenir “posee una gran sensibilidad paleontológica por los hallazgos reportados en la bibliografía y una alta probabilidad de hallazgos, sumado a la magnitud de la intervención de los movimientos de tierra, tronaduras y otras obras propias del proyecto, se le solicita al titular reevaluar el impacto para este componente como Significativo”.

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